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Denuncia : 583-2013
SOLICITO : Conforme a lo peticionado
SEÑOR COMANDANTE PNP JEFE DEL DEPARTAMENTO 03 DE LA DIVISION POLICIAL DE INVESTIGACION DE DENUNCIAS DERIVADAS DEL MINISTERIO PUBLICOAFONSO EMANUEL AGRA DE VICTOR, identificado con carnet de extranjería Nro. 000665382 y domiciliado en Lizardo Alzamora Nro. 110-San Isidro, a Usted me presento y digo:
I.- PETITORIO
A.- Comunicó la decisión Fiscal de fecha Siete de Mayo del 2013 emitida por la 29 Fiscalía Provincial Penal de Lima ( Denuncia N° 064-2013) y pedido a 32° FPPL que disponga el ArchivoDefinitivo de la denuncia ( Denuncia N° 064-2013) .
B.-.-Se Abstenga de las investigaciones y remita la denuncia y actuados policiales a la Fiscalía competente; a fin de evitar se incurría en vulneración a mis derechos fundamentales- Debido Proceso –Vulneración al Principio Constitucional Nem Bis In Idem- Cosa Decidida y abuso de Autoridad.
C.--- Que a efectos de evitarcontribuir con la vulneración al debido proceso, el recurrente se ABSTIENE de concurrir a dependencia policial y prestar declaración ( CITACION N° 2270-2013-DIRECAJ-DIRAPJUS/DIVPIDDMP-DO3 del 22 de Noviembre del 2013)
II.- FUNDAMENTO DEL PEDIDO
A.-Que, la 29° Fiscalía Provincial Penal de Lima ( Denuncia Nro. 064-2013) conoció e investigó el presunto delito contra laSeguridad Pública-Peligro común, sobre los hechos ocurridos el 01 de Febrero del 2013 del operativo de alcoholemia realizado por la Comisaría de San Isidro a la altura de la cuadra 04 de la Av. Conquistadores, donde fue intervenido el recurrente, al haber conducido el vehículo de Placa de Rodaje C2G-030 y sometido a la prueba de campo y examen de dosaje etílico que dio resultado positivopara la ingesta de bebidas alcohólicas.
B.-A petición del recurrente se expreso nuestra voluntad y consentimiento de acogimiento al Acuerdo Reparatorio de los criterios de oportunidad previstos en el Artículo 2 del Código Procesal Penal y mediante Resolución de fecha 14 de Marzo del año 2013 se resolvió la pertinencia para la Aplicación del Principio de Oportunidad, principio que fueaceptado por el recurrente, concurriendo a la Audiencia Única de Conciliación el día 30 de Abril del 2013 que corre a folios 92 y 93, diligencia en la que se acepto pagar como reparación civil la suma de quinientos nuevos soles, más cincuenta nuevos soles por concepto de gastos administrativos.
C.- Conforme a la Resolución del 07 de Mayo del 2013 emitido por el Dr. JoséFederico CHIPANA LLANOS Fiscal Provincial de la 29° Fiscal Fiscalía Provincial Penal de Lima, cuya copia se adjunta, al haber cumplido con el deposito y acompaño el comprobante de pago RESOLVIO- ALBSTENERSE DEL EJERCICIO DE LA ACCION PENAL contra AFONSO EMANUEL AGRA DE VICTOR por el presunto delito contra la Seguridad Pública-Peligro Común ( Conducción de Vehículo Motorizadoen Estado de Ebriedad ) en agravio de la Sociedad, y dispuso el ARCHIVO DEFINITIVO de los actuados.
D—En vista de la CITACION N° 2270-2013-DIRECAJ-DIRAPJUS/DIVPIDDMP-DO3 del 22 de Noviembre del 2013, el recurrente ha solicitado a la 32° Fiscalía competente lo siguiente:
1.- -Se requiera a la División Policial de Investigación de Denuncias Derivadas del Ministerio Público,la remisión de la denuncia y actuados policiales en el día y en estado que se encuentre.
2.---Se disponga el archivo definitivo de la denuncia ( Denuncia N° 064-2013) por el presunto delito contra la Seguridad Pública-Peligro común, por los hecho ocurrido el 01 de Febrero 2013,
3.-- Que a efectos de evitar contribuir en la vulneración del debido proceso, el recurrente se...
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