Agrario
Recuperación de bienes: término de un mes venta, ocupar, administrar, rematar
Autoridad agraria Tribunal Unitario
AgrarioPrecautoria Tribunal colegiado
Agrario
Territorio Nacional: El edo. Planea el
territorio
Propiedadprivada
Propiedad ejidal comunal (en cuanto a su extensión establece un número determinado de medidas y tierras, propiedades que solo serán de utilidad agraria)
ART. 27 Prevéla personalidad jurídica
de los núcleos ejidales:
tierras,
Asentamientos humanos,
Dirigidos a la actividad productiva
del campo.
Certificados deDerechos
Ejidales o parcelarios se
Acredita la personalidad
Jurídica ante 3°
(Autoridad agraria, Aut.Admon agraria) Lo emite el ejecutivo
Art. 27 ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN
a) Comisariado ejidal: Se constituye en asamblea Gral. Se convierte en Órgano Supremo. Órgano de representaciónde ejidatarios y comuneros.
¿Cuál es su facultad? Da fe de
endosos de certificación,
ejidatarios, parcelarios, constitución de régimen de propiedad privada sesolicita ante el Comisariado ejidal Solicitud: presentada ante CORET (comisión de regulación de la tierra)
• firmada por todos los vecinos
• Plano de la colonia
•Solicitud ante la S.A.R.H decreto de expropiación
Art.27 ORGANIZACIÓN: el reparto de tierras se funda en el trazo de un un polígono
Los ejidos pueden constituirse como patrimonio defamilia y no pueden ser inembargables ni ingravables
En materia agraria la impartición de justicia debe ser pronta, expedita y honesta según el Art.17
¿Quiénes son los órganos de...
Regístrate para leer el documento completo.