Agrario
parte del sistema Jurídico que regula la organización territorial rústica, todo lo relacionado con las explotaciones y aprovechamientos que este sistema considera como agrícolas, ganaderos yforestales y algunos otros aprovechamientos colaterales y la mejor forma de llevarlos a cabo.
Historia:
En México prehispánico el régimen de propiedad y tenencia de la tierra estaba organizadocon base en el sistema de apropiación comunal, es decir la titularidad correspondía a la comunidad.
Como antecedente inmediato a la conquista encontramos la estructura de tenencia de la tierraexistente en los pueblos que conformaban la triple alianza: mexicas o aztecas, tecpanecas y acolhuas, alianza militar, política y comercial que a fines de el siglo XIII tenía bajo su dominio casi latotalidad de Mesoamérica, por que su sistema de propiedad era imperante, con esta triple alianza se encontraron los Españoles y de ella adoptaron ciertos elementos para estructurar el naciente derechoagrario o de la propiedad territorial novo hispana.
-Martha Chávez Padrón, clasifica los diversos tipos de propiedad de la época colonial en tres categorías básicas: Propiedad Individual (MercedesReales, caballerías, peonías, suertes, compra venta, confirmaciones y prescripciones), Propiedad Intermedia (composición, capitulaciones y reducción de indígenas), Propiedad Colectiva (fundo legal,ejido, bienes de propios, tierras de común repartimiento, montes, pastos y aguas, propiedad de el clero, la encomienda y la esclavitud).
-Este Articulo ha sufrido 15 reformás que lo transformaronsustancialmente análisis breve de cada una de ellas.
Enero 10 de 1934, mediante esta reforma se incorpora la ley del 6 de Enero de 1913, considerada como ley Constitucional, esta reforma incorpora...
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