Agravios Cuentas Bancarias
PRIMERO.- Me causa agravio la Resolución contenida en el Oficio número de fecha 30 de Agosto del 2011, ya que contraviene a lo establecido en los artículos 16 Constitucional y 38 fracción IV del Código Fiscal de la Federación, y debe declararse la nulidad lisa y llana, ya que es producto de un acto de autoridad viciado de origen,como lo es la Orden de Visita Domiciliaria contenida en el Oficio número de fecha 10 de Septiembre de 2010, ya que ésta no se encuentra debidamente fundada y motivada conforme a los numerales que he precisado con anterioridad, a efecto de cumplir cabalmente con las garantías de legalidad y seguridad jurídica.
Efectivamente, no se encuentra debidamente fundada y motivada la Orden deVisita Domiciliaria, en virtud de que no se autoriza a los visitadores que en la misma se mencionan requerir la documentación señalada en los folios al del Acta Parcial de Inicio de fecha 13 de Septiembre de 2010, que en la parte que interesa señala:
“A continuación el compareciente fue requerido, para que “bajo protesta de decir verdad” manifestara si la Contribuyente . habíapresentado o no a la fecha de inicio de la diligencia, como sujeto directo en materia de las siguientes contribuciones federales: la declaración anual del correspondiente al ejercicio 2007 del Impuesto Sobre la Renta, así como las declaraciones mensuales del Impuesto al Valor Agregado y las declaraciones como retenedor en materia de las siguientes contribuciones federales: Impuesto sobre la Renta eImpuesto al Valor Agregado, por el ejercicio sujeto a revisión, comprendido del 1º. De Enero de 2007 al 31 de Diciembre de 2007, expresando lo siguiente “ la declaración anual de las persona morales del impuesto sobre la renta del ejercicio 2007 se tiene presentada pero de momento no cuento con ella, solamente exhibo el acuse de recibo de la Declaración Anual correspondiente al ejercicio2007 presentada el 21 de noviembre de 2008, así como los pagos de ISR PERSONAS MORALES de enero a diciembre de 2007 en estadísticos, IMPUESTO AL VALOR AGREGADO de enero a diciembre de 2007 en estadísticos”. Por último, los visitadores requirieron al compareciente, la exhibición de libros de contabilidad, así como los documentos relacionados con el ejercicio a revisar, a lo que el comparecientemanifestó que “En este momento no los tenemos disponibles, toda vez que es un ejercicio antiguo, y en los próximos días nos daremos la tarea de localizarla para ponerlos a disposición de la autoridad”
De lo transcrito, se advierte con claridad que los visitadores solicitaron información y documentación al suscrito, sin previa autorización en la Orden de Visita Domiciliaria, comolo señala el artículo 42, primer párrafo, fracción II del Código Fiscal de la Federación. Los visitadores de manera arbitraria, sin estar facultados para ello, procedieron a requerir la información y documentación señaladas en los folios del Acta Parcial de Inicio antes transcrita por ende, deviene de ilegal la actuación de los visitadores, ya que no estaban facultados en la Orden de VisitaDomiciliaria relativa, para requerir dicha documentación en el transcurso de la visita y al levantarse el Acta Parcial de Inicio.
Por tanto, si la autoridad es omisa en fundamentar en la Orden de Visita mencionada, el ejercicio físico de los actos materiales practicados por el personal actuante en la auditoría de mérito (requerimiento de documentación, datos o informes); entonces esclaro que los visitadores se excedieron en la ejecución de la Orden de Visita, pues, por principio legal contenido en el artículo 42, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, ésta facultad debía ser ordenada directamente por la autoridad competente para emitirla y no ejercida por iniciativa propia de dicho personal visitador.
Así también, el personal visitador...
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