AJUSTE ANUAL
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales.
¿Dónde lo presento?
Por Internet.
En forma personal.
Se atiende con y sin cita.
¿Qué documentos obtengo?
Internet:
Emisión inmediata del folio de recepción
Emisión del acuse de aceptación: Ingrese a la opción Reimpresión de acuses en la Oficina Virtual.
En forma personal:
Entrega inmediata del Acuse de ladeclaración.
¿Cuándo lo presento?
Personas físicas en el mes de abril y personas morales en los meses de enero a marzo.
Requisitos:
Internet:
1. Contar con CIEC o FIEL.
2. NIP bancario.
En forma personal:
1. Original de Identificación oficial vigente.
2. Bitácora para la presentación de declaraciones y pagos
3. Facturas o recibos de Gastos Personales
4.Constancias de retenciones y percepciones
5. Libro de ingresos y egresos
6. Clave bancaria (18 dígitos)
Compromisos de servicio
Internet:
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del folio de recepción.
Emisión del acuse de aceptación: Ingrese a la opción Reimpresión de acuses en la Oficina Virtual.
Horario: 24 hrs. los 365 días del año.
Atención personal:
Duración máxima:18 min.
Espera máxima: 5 min.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
Entrega inmediata del acuse de recibo de la declaración.
Pasos a seguir para realizar el trámite
INTERNET PERSONA FISICA:
1. Reúna la documentación y requisitos
2. Descargue y/o ejecute el programa “Declarasat"
3. Capture y encripte su declaración
4. Envíe e imprima el acuse con el folio de envío5. Imprima acuse de aceptación y en su caso realice el pago en el portal bancario
INTERNET PERSONAS MORALES:
1. Reúna la documentación y requisitos
2. Descargue y ejecute el programa “DEM"
3. Capture y encripte su declaración
4. Consulte e imprima el acuse con el folio de envío
5. Imprima acuse de aceptación y en caso de saldo a cargo, efectué la transferencia bancaria
6. En casode saldo a cargo, efectué la transferencia bancaria
PERSONAL PERSONAS FISICAS:
1. Reúna los requisitos
2. Acuda a cualquier ALSC.
3. Solicite el cálculo y llenado de su declaración
4. Reciba el acuse de su declaración
5. Si resulta saldo a pagar Y si desea pagar en ventanilla bancaria, solicite su declaración impresa
PERSONAL PERSONAS MORALES:
1. Realice el cálculo de susimpuestos
2. Acuda a cualquier ALSC.
3. Solicite el servicio de Sala de Internet
4. Llene el formato electrónico y/o realice el envío de su declaración
5. Imprima y conserve su acuse de aceptación
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 10, 117, 175 LISR y Regla ll.2.11.1 de la RMF
ASALARIADOS, AJUSTE ANUAL DEL ISR
Los patrones que efectúen el ajuste anual del ISRde sus trabajadores, ¿cuándo deben enterar las diferencias que resulten a cargo de dichos trabajadores?
Respecto del ejercicio 2012, a más tardar en febrero de 2013.
Fundamento legal: Artículo 116 cuarto párrafo de LISR.
CAPÍTULO I
DE LOS INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO
Artículo 110. Se consideran ingresos por la prestación deun servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes:
I. Las remuneraciones y demásprestaciones, obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas.
II. Los rendimientos y anticipos, que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que reciban los...
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