Alba
Como es de sobra conocido, la aprobación deestas reformas tiene como finalidad el mejorar el funcionamiento de las diferentes instituciones que integran el sistema de justicia penal en México, encargadas de la seguridad pública, la procuración eimpartición de justicia, así como de la reinserción social.
De los diversos cambios constitucionales aprobados al sistema de justicia penal mexicano, uno de los que destaca en el subsistema deimpartición de justicia, es el relativo a la introducción de los juicios orales. La introducción de los juicios orales implica una modificación de los diferentes componentes que integran el sistema dejusticia penal, en virtud de la sustitución del modelo penal mixto por uno predominantemente acusatorio y oral, regido por los principios procesales de publicidad, contradicción, concentración,continuidad e inmediación, previsto en los artículos 16, párrafo segundo y décimo tercero, 17, párrafos tercero, cuarto y sexto, 19, 20 y 21, párrafo séptimo de la carta magna.
En relación con esta propuesta,los integrantes del Poder Judicial de la Federación manifestamos en su oportunidad diversas objeciones. Esta posición en contra generó una percepción en la opinión pública de que los juzgadoresfederales nos oponemos a los beneficios de la oralidad en materia penal.1 Empero, es necesario aclarar y precisar: nuestras reservas en relación a esta iniciativa no se fundan en el temor a la oralidad,publicidad, la transparencia e inmediación procesal, pues a la fecha, dichos principios se encuentran previstos en los artículos 16, 86 y 155 del Có digo Federal de Procedimientos Penales actualmente...
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