Alimentacion
ACUERDO mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica.
1.- Que el presente Acuerdo está referido a todos los tipos de establecimientos de consumo escolar, incluidas las tiendas, cooperativas,espacios o centros de expendio y cualquier otro tipo y con fines similares existentes en las escuelas de educación básica del Sistema Educativo Nacional para ofrecer a los educandos, durante su estancia en la misma, alimentos y bebidas dentro de sus instalaciones, cualquiera que sea la denominación o naturaleza jurídica que adopten;
2.- El presente Acuerdo y su Anexo Único serán aplicables a todaslas escuelas públicas y particulares de educación básica del Sistema Educativo Nacional con establecimiento de consumo escolar.
3.Para alcanzar los propósitos educativos en materia de salud, se requiere de la participación social que asegure entornos saludables en las escuelas. Para ello, se deberá fortalecer la constitución y operación de los Consejos Escolares de Participación Social para que,con la colaboración activa contribuyan, mediante la vigilancia de lo que consumen niñas, niños y adolescentes en los establecimientos de consumo escolar de educación básica, a sumarse para revertir el crecimiento de la obesidad y sobrepeso;
Estos Consejos son los encargados de designar al Comité del establecimiento de consumo escolar que dará seguimiento a la operación del citado establecimiento,así como a la preparación, manejo, consumo y expendio de alimentos y bebidas recomendables;
4.- En las escuelas se deberá conformar, cada ciclo escolar, un Comité del Establecimiento de Consumo Escolar que, en el marco del presente Acuerdo y su Anexo Unico, dará seguimiento a la operación del establecimiento de consumo escolar y a la preparación, manejo, consumo y expendio de alimentos ybebidas recomendables al interior de los planteles de educación básica.
Dicho Comité será conformado por padres y madres de familia, personal de apoyo y asistencia a la educación, docentes y directivos, y tendrá como mínimo 5 integrantes, quienes serán designados por el Consejo Escolar de Participación Social en la sesión que lleve a cabo para tales efectos, en el caso de escuelas particulares en lasque no exista dicho Consejo, por el Director de la escuela en acuerdo con las madres y los padres de familia. Se gestionará que en el Comité se integre algún representante del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) correspondiente, así como, de ser posible, personal calificado o capacitado.
El Comité contará con un presidente que será elegido de entre sus miembros, sesionará porlo menos una vez al mes, a efecto de revisar los resultados del seguimiento al establecimiento de consumo escolar.
El Comité, deberá rendir un informe trimestral por escrito al Consejo Escolar de Participación Social de las acciones desarrolladas en dicho periodo, y en el caso de escuelas en las que no exista dicho Consejo, al Director de la misma.
Los cargos que ostenten los miembros del Comité,serán honoríficos y no percibirán remuneración alguna.
5.- Para la aplicación coordinada y unificada del presente Acuerdo y su Anexo Único, las autoridades educativas, en el respectivo ámbito de su competencia, deberán considerar lo siguiente:
I. Corresponde al Comité del Establecimiento de Consumo Escolar, en acuerdo con el Consejo Escolar de Participación Social, la verificación yseguimiento al interior del plantel educativo de las condiciones de higiene y seguridad respecto de la preparación, manejo, consumo y expendio de los alimentos y bebidas;
II. El jefe de sector y el supervisor de zona escolar o equivalentes, serán los responsables de asegurar que se proporcione la información; se brinde la capacitación, asesoría y acompañamiento a los directores, docentes, madres y...
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