Alimentos
EN LO PRINCIPAL: Demanda de alimentos; EN EL PRIMER OTROSÍ: Solicita alimentos provisorios; EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos; EN EL TERCER OTROSÍ: Acompaña acta de mediación frustrada, EN EL CUARTO OTROSÍ: Solicita Oficios; EN EL QUINTO OTROSI: Forma de notificación; EN EL SEXTO OTROSÍ; Patrocinio y poder.
S.J.L DE FAMILIA DE SANTIAGO
DAISY KAREN ABARCA ESPINOSA, chilena,empleada, cédula de identidad Nº 15.462.941-6, soltera, domiciliada en calle Jacques Cousteau N° 513, Maipú, en representación de mi hijo de filiación no matrimonial JORGE ALEXANDER ATUAN ABARCA CI 23.364.142-1, de mí mismo domicilio, a US. Respetuosamente digo:
Que, por el presente acto, vengo en interponer demanda de alimentos en contra del padre de mi hijo, don JORGE GREGORIO ATUAN RETAMAL,chileno, soltero, cédula de identidad N° 7.109.134-1, empleado, domiciliado en Alejandro Vial N° 7978, Maipú, con el objeto que mi hijo posea una posición económica similar a la de su padre y acorde al estilo de vida que tuvo mientras vivimos juntos por los fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer:
HECHOS
1. Consta en el certificado de nacimiento que se acompaña en el segundo otrosí deesta presentación que con el demandado somos padres de JORGE ALEXANMDER ATUAN ABARCA, de 4 años de edad.
2. Con el demandado conviví desde el año 2007 al año 2013, época en que por acuerdo yo me dediqué al cuidado del común en forma conjunta con mis otros dos hijos y del hogar común, mientras él hizo las veces de proveedor.
3. Con el tiempo nuestra relación en pareja se volvió insosteniblepor las actitudes violentas del demandado, en marzo del año 2013 y producto de violencias intrafamiliares hice definitivamente abandono del hogar. En la oportunidad mi hijo Jorge Atúan se quedó con el demando, por alrededor de 7 meses, hasta el mes de noviembre de 2013, época en que comienza a vivir conmigo, situación que se mantiene hasta la fecha.-
4. Actualmente me encuentro viviendo con mistres hijos, trabajo de reponedora de Simonds, y me he visto en la necesidad de demandar alimentos en favor de mi hijo Jorge Alexander toda vez que su padre no cumple con la obligación que la ley y la moral le impone respecto de su manutención.-
DERECHO
1. Nuestro legislador señala en los artículos 222 y 321 del Código Civil que: “Se deben alimentos: 2° a los hijos”
Por su parte el Artículo 323del mismo cuerpo legal señala que: “Los alimentos deben habilitar al alimentado para subsistir modestamente de un modo correspondiente a su posición social.
Comprenden la obligación de proporcionar al alimentario menor de veintiún años la enseñanza básica y media, y la de alguna profesión u oficio.”
2. A mayor abundancia a lo dispuesto en el Código Civil se encuentra también presente en Tratadosinternacionales vigentes en Chile, tales como la Convención sobre los Derechos del Niño (Art. 27 Nº 4) y la Convención Americana sobre los Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica” (Art. 19) y que en virtud del Art. 5º inciso 2º de la Constitución Política de la República de Chile, son vinculantes en nuestro ordenamiento jurídico y su infracción constituye una violación a nuestra CartaMagna.
3. A su turno, el Artículo 3 de la Ley 14.908, señala que: “Para los efectos de decretar los alimentos cuando un menor los solicitare de su padre o madre, se presumirá que el alimentante tiene los medios para otorgarlos. En virtud de esta presunción el monto mínimo de la pensión alimenticia que se decrete a favor de un menor alimentario no podrá ser inferior al 40% del ingreso mínimoremuneracional que corresponda según la edad del alimentante…”
4. En el presente caso, JORGE GREGORIO ATUAN RETAMAL es el padre del menor. Conforme a esto la ley presume que el demandado tiene los medios para otorgar alimentos, debiendo dar cumplimiento a su obligación legal y moral de proveer a la manutención de su hijo.
POR TANTO; En mérito de lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto...
Regístrate para leer el documento completo.