Ambientes Libre De Humo De Tabaco
Resolución mediante la cual el Ministerio del Poder Popular para la Salud declara libre de humo de tabaco las áreas interiores o cerradas de los lugares detrabajo y/o lugares públicos cerrados cualesquiera sea su uso incluyendo el transporte público
El Ministerio del Poder Popular para la Salud dictó Resolución N° 030, a través de la cual declara a losespacios públicos, cerrados y áreas de trabajo libres de humo de tabaco.
Esta Resolución se dictó tomando como fundamento la obligación del Estado Venezolano en aplicar las medidas legislativas,ejecutivas y administrativas eficaces de protección contra la exposición al humo de tabaco en las áreas interiores o cerradas de los lugares de trabajo y/o lugares públicos cerrados cualesquiera sea suuso incluyendo el transporte público.
En tal sentido, para la aplicación de dicha resolución se adoptaron las siguientes definiciones:
Lugares Públicos: Lugares accesibles al público,independientemente de quien sea su propietario o del derecho de acceso a los mismos.
Lugar de Trabajo: Todo lugar utilizado por las personas, durante su empleo o trabajo, sea remunerado o no,incluyendo lugares conexos como: pasillos, ascensores, escaleras, vestíbulos, cafeterías, baños, salones, comedores y edificaciones anexas entre otros.
Así mismo, prohíbe fumar omantener encendidos productos de tabaco en áreas interiores de los lugares públicos y en los lugares de trabajo, cualquiera que sea su uso incluyendo el transporte.
Para el cumplimiento efectivo deesta Resolución, los propietario y administradores de los establecimientos comerciales, deben colocar avisos con dimensiones específicas y los mismos deben contener el siguiente texto: Este es unAmbiente 100% Libre de Humo de Tabaco por Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud.
Del incumplimiento de esta Resolución se impondrán sanciones previstas en el ordenamiento...
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