Amor
Se basa en el deber que tienen los ciudadanos de desenvolverse en una manera adecuada a las normas impuestas. Es un elemento directamente relacionado con lamotivación y sus límites,pues se trata de dar solución a casos en los que no se puede exigir al sujeto que evite delinquir debido a que por la situación motivacional en la que seencontraba no le era exigible otra conducta.El derecho no considera exigible a nadie resistir a una presión motivacional que el hombre medio no podría soportar (no exigibilidad).Para la teoría finalista el tercer elemento de laculpabilidad, se refiere a la exigibilidad de un comportamiento distinto al ejecutado por el sujeto, y que resulta típico yantijurídico. El derecho exige comportamientos sujetos a patrones objetivos, aplicablesal caso individual, así como el derecho está en su papel de exigir, dentro de parámetros normales queel sujeto se comporta de tal modo que no viole la ley penal.
Se admite generalmente como causasde inexigibilidad o de exculpación al estado de necesidad, el miedo insuperable, yalgunos agregan el encubrimiento entre parientes o personas ligadas por afecto o agradecimiento.
El cumplimiento delos mandatos normativos es un deber que se puede exigir, enprincipio a todos los ciudadanos, el ordenamiento jurídico marca unos niveles de exigencia, mínimos que pueden ser cumplidos por cualquierpersona. Se habla en estos cases de unaexigibilidad objetiva, normal o general. Más allá de esta exigibilidad normal, el ordenamiento jurídico no puede imponer el cumplimiento de sus mandatos ensituaciones que conformanexcepciones en el derecho. Así, por ejemplo, en el estado de necesidad se exige como requisito que el resultado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.
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