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“La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentado en el respeto atodas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visiónlatinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley “.
El artículo 102 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; enmarcado en el TÍTULO III, DE LOS DEBERES, DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS en su Capítulo VI, quécorresponde al de los Derechos Culturales y Educativos de los Ciudadanos y Ciudadanas Venezolanos. Es, a mi entender, uno de los mandatos constitucionales, mas importantes de nuestra carta magna. La educación como derecho personal y deber social fundamental con las características de: democrática, gratuita y obligatoria , fundamentada en el respeto a todas las corrientes de pensamiento, integral, decalidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, nos dictamina que “ La Educación es una necesidad y un bien público, es derecho y es deber en la actualidad”.La educación se plantea entonces, como una necesidad personal, un bien público, un derecho permanente e irrenunciable de toda persona,...
El Art. 103 de la Constitución: Arma Contra la Educación Socialista
Por: JulioMosquera
Fecha de publicación: 24/09/07
imprímelo
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada en 1999, se colaron una serie de principios caros a la IV República. Tal vez fue en los artículos dedicados a la educación donde se conservó con mayor fuerza el pensamiento pedagógico adeco-copeiano. Pareciera que dichos artículo los redactó Luis BeltránPrieto Figueroa, el hombre que encarnaba la pedagogía adeca según Rómulo Betancourt. El artículo 103 reproduce en buena medida el artículo correspondiente de la moribunda, con nuevos elementos derechistas. Además, el propio artículo contiene elementos contradictorios o definidos de manera defectuosa. Por tanto, si queremos construir una educación verdaderamente socialista, y que no entre encontradicciones con la Constitución, tenemos que reformar ese artículo. Veamos que dice el Artículo 103 textualmente:
“Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivelmedio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistemaeducativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados o privadas de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo.
Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos a nivel medio y universitario serán reconocidas como...
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