Amparao civil directo
QUEJOSO: JUAN JIMENEZ SANCHEZ.
MAGISTRADO PONENTE: RAMIRO MENDOZA BACA.
SECRETARIO: PEDRO ALVAREZ BRICEÑO.
México, Distrito Federal, Acuerdo del vigésimoTribunal Colegiado en Materia Civil primer Circuito, correspondiente al cinco de agosto de dos mil dos. Vistos los autos del juicio de amparo directo civil, 156/2005; y
RESULTANDO
PRIMERO. Porescrito presentado el veinte de febrero de dos mil tres ante Oficialía de Partes Civil Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Juan Jiménez Sánchez, por su propio derecho presento,demanda de amparo directo contra el acto de la séptima Sala del citado tribunal, que estimo violatorio de los artículos 14 y 16 constitucionales, y que hizo consistir en la resolución dictada elveintiocho de enero de dos mil tres.
SEGUNDO. Mediante acuerdo de tres de marzo de dos mil tres, el magistrado presidente de este tribunal admitió la demanda de garantías y ordeno dar vista al agentedel Ministerio Público federal de la adscripción, quien no formulo pedimento.
En proveído de seis de marzo de ese año, se turno el asunto al magistrado relator para los efectos del artículo 184de la Ley de Amparo.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Este Tribunal colegiado es competente para conocer del presente juicio de amparo directo, de conformidad con lo dispuesto en los articulo 107, fracciónV, inciso C), de la constitución política de los estados unidos mexicanos; 44, 49 y 158 de la Ley de Amparo, y 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, al haberse promovido encontra de una sentencia definitiva, distada en un juicio civil, por un tribunal residente en este circuito.
SEGUNDO. La existencia del acto reclamado quedo debidamente acreditada con el informejustificado rendido por la sala responsable, así como los autos de primera y segunda instancias.
Por lo expuesto y fundado, SE RESUELVE:
UNICO: La justicia de la unión no ampara ni protege a Juan...
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