amparo constitucional
SENTENCIAS INADMISIBLE EL RECURSOS DE AMPARO CONSTITUCIONAL
Miércoles, 05 de Agosto de 2009 Sala Constitucional decidió Inadmisible acción de amparo constitucional interpuesta contra decisión de Juzgado Superior del Trabajo del estado Yaracuy.
Se evidenció que operó la causal de inadmisibilidad establecida en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y GarantíasConstitucionales, y como consecuencia la caducidad de la acción de amparo
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado y vicepresidente Francisco Antonio Carrasquero López, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Taller Piave C.A., contra la decisión dictada, el 31 de julio de2008, por el Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.
El 18 de mayo de 2009, fue recibida ante la Secretaría de la Sala acción de amparo constitucional interpuesta contra la decisión dictada por el referido juzgado que declaró desistido el recurso de apelación ejercido por el abogado Antonio Figueredo Ferrer, en el juicioque, por cobro de prestaciones sociales, intentaron los ciudadanos Luis Eduardo Herrera Galíndez, Manuel Esteban Gómez, Jorge Luis Gómez y Silvino Vargas Aparicio contra la sociedad mercantil Taller Piave C.A.
DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL
La representación judicial del accionante alegó -entre otros argumentos- que ¿(¿) la sentencia dictada en fecha 31/07/08 violentóflagrantemente, el derecho a la defensa y al debido proceso, fundamentando en el numeral 8 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al considerar que el Tribunal (sic) incurrió en error judicial al dictar la sentencia argumentando un desistimiento de la apelación (sic), ya que lo razonado y lógico debió ser que en vista de que el representante de la Empresa (sic) TallerPiave, C.A. ciudadano Franco Sciortino había comparecido al acto sin asistencia de abogado la audiencia (sic) debió diferirse incluso advirtiendo al referido ciudadano las consecuencias jurídicas de una reincidencia bajo esas mismas circunstancias (¿)¿.
DE LA SENTENCIA ACCIONADA EN AMPARO
El pasado 31 de julio de 2008, dicho Juzgado, se declaró constituido e inició la audiencia, en la que eljuez -en vista la incomparecencia de la parte demandada recurrente- y de conformidad con el Artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declaró ¿Desistido el recurso de apelación ejercido en la presente causa, con todos los efectos que derivan, tal y como se podrá apreciar en el dispositivo de esta decisión?
DE LA COMPETENCIA DE LA SALA
La Sala Constitucional, observó que enel presente caso la solicitud de amparo ha sido interpuesta contra la decisión dictada por un Juzgado Superior, le corresponde a ésta ¿el conocimiento en única instancia de la acción de amparo ejercida, de conformidad con el fallo citado, aplicable según lo dispuesto por la letra b de la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y así lodecidió.
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
Al respecto, observó la Sala, ¿luego de un análisis de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que el accionante en amparo, como antes se mencionó, señaló que, en fecha 7 de agosto de 2008, ejerció el recurso de control de la legalidad ante la Sala de Casación Socialdel Tribunal Supremo de Justicia, el cual fue declarado inadmisible?
En tal sentido, respecto al lapso de caducidad de la acción de amparo, cuando el fallo cuestionado ha sido impugnado mediante el referido recurso de legalidad, la Sala mediante decisión Nº 3315 del 2 de noviembre de 2005, (caso: Síndico Procurador Municipal del Municipio Iribarren), estableció que dicho lapso de caducidad...
Regístrate para leer el documento completo.