Amparo directo
1.- Concepto y competencia.
2.- Procedencia del Amparo Directo y tipos de violaciones impugnables.
El amparo directo procede por dos tipos de violaciones:
I).- Las procedimentales que no sean de imposible reparación; y,
II).- Las de fondo o al momento de sentencia. Cabe aclarar que en un proceso puede presentarse violaciones al mismo con ejecución deimposible reparación, impugnables a través del amparo directo como lo indica el art- 114, fracción IV de la Ley de Amparo y violaciones susceptible de ser reparadas a momentos de dictar la sentencia o laudo y que admiten en contra el amparo directo.
3.- Demanda y participación de la autoridad responsable: Informe Justificado.
El autor Del Valles define “PREÁMBULO; es la parte introductoria dela demanda en relación a lo que se pide; el promovente señala que comparece a demandar el amparo y la protección de la Justicia de la Unión, en contra de la resolución que contravienen las garantías individuales de que es titular”. Ahora bien en la demanda de amparo directo se promueve pro conducto de la autoridad responsable, por lo que debe dirigirse a ésta, en que se le hace saber que se anexaesa demanda, pidiendo que actúe en términos de la Ley de Amparo, Recibida la demanda, la autoridad responsable procede en alguno de los siguientes términos; como cuando en ese Circuito Judicial exista un solo tribuna colegiado, o corresponde hay varios Tribunales con competencia para conocer ese juicio, remite a la demanda. En la Ley de Amparo no se llega a estableces una forma obligatoria en quese redacte la misma, los abogados son los que estructuran la demanda con base a los siguientes puntos:
Artículo 166.- La demanda de amparo deberá formularse por escrito, en la que se expresarán:
I.- El nombre y domicilio del quejoso y de quien promueva en su nombre;
II.- El nombre y domicilio del tercero perjudicado;
III.- La autoridad o autoridades responsables;
IV.- La sentenciadefinitiva, laudo o resolución que hubiere puesto fin al juicio, constitutivo del acto o
De los actos reclamados; y si se reclamaren violaciones a las leyes del procedimiento, se precisará cuál
Es la parte de éste en la que se cometió la violación y el motivo por el cual se dejó sin defensa al
Agraviado.
Cuando se impugne la sentencia definitiva, laudo o resolución que hubiere puesto fin al juiciopor
Estimarse inconstitucional la ley, el tratado o el reglamento aplicado, ello será materia únicamente del
Capítulo de conceptos de violación de la demanda, sin señalar como acto reclamado la ley, el tratado o el
Reglamento, y la calificación de éste por el tribunal de amparo se hará en la parte considerativa de la
Sentencia;
V.- La fecha en que se haya notificado la sentencia definitiva,laudo o resolución que hubiere puesto
Fin al juicio, o la fecha en que haya tenido conocimiento el quejoso de la resolución recurrida;
VI.- Los preceptos constitucionales cuya violación se reclame y el concepto o conceptos de la misma
Violación;
VII.- La ley que en concepto del quejoso se haya aplicado inexactamente o la que dejó de aplicarse,
Cuando las violaciones reclamadas se hagan consistiren inexacta aplicación de las leyes de fondo. Lo
Mismo se observará cuando la sentencia se funde en los principios generales de derecho.
Cuando se trate de inexacta aplicación de varias leyes de fondo, deberá cumplirse con esta
Prescripción en párrafos separados y numerados.
Generalmente en el juicio de amparo directo, la autoridad responsable es aquella que emitió la sentencia definitivapara los efectos del amparo directo, laudo o la resolución que pone fin al juicio y que no admite recurso alguno por virtud del cual pueda ser modificada o reformada.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó la procedencia del juicio de amparo directo, contra actos de ejecución de una sentencia definitiva o laudo.
Cuando se impugne la sentencia definitiva, laudo o resolución que...
Regístrate para leer el documento completo.