Amparo Fisico Fuera
Los LICS. JOSÉ LUIS AYALA CORONA, RAQUEL CORTEZ VEGA, DENISSE RAMÍREZ LUNA,en representación y con el carácter de apoderados de la C. LAURA GUEVARA PÉREZ , actor dentro del juicio laboral número D-6/646/2009, y señalando como domicilio para oír y/o recibir notificaciones de índolepersonal el ubicado en CALLE VEINTE SUR NUMERO NOVECIENTOS DOS, COLONIA AZCARATE, DE ESTA CIUDAD DE PUEBLA, específicamente en las instalaciones de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo; y autorizando para recibir todo tipo de notificaciones a los CC. Licenciados ALBERTA MENDOZA REYES, RAQUEL CUETLACH PÉREZ, GUILLERMO RUIZ VÁZQUEZ, JOANNA QUIROZ MORALES, MAURICIO CANO REYES, KENIA VELASCOPALACIOS tal y como lo dispone el artículo 27 de la Ley de Amparo, respetuosamente comparecemos para exponer:
Por medio de este escrito de demanda, solicito el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL contra los actos y Autoridades quemas adelante señalo, por violaciones a las garantías consagradas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por indebidaaplicación de los artículos 840, 841, y 842 de la Ley Federal del Trabajo y Jurisprudencia obligatoria para las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Cumpliendo con los requisitos que señala el artículo 175 de la ley de amparo, expreso lo siguiente:
I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO Y DE QUIEN LOS REPRESENTA: Quedaron expresados en el primer párrafo de esta demanda.
II. NOMBRE Y DOMICILIO DE LOSTERCEROS PERJUDICADOS:
a) La EMPRESA denominada ARMENTA AUTOMOTRIZ S.A. DE C.V., demandada en el juicio laboral a que se refiere el expediente numero D-6/646/2009, de los de la Junta Especial con domicilio en CALLE VEINTICUATRO NORTE NUMERO DOSCIENTOS CATORCE COLONIA EL CRISTO EN ESTA CIUDAD DE PUEBLA.
b) EL C. FELIPE ARMENTA Y TORRES Y EL C. ALEJANDRO FLORES HUERTA en su carácter de demandadosen lo personal dentro del juicio laboral al que se refiere el expediente numero D-6/646/2009, de los de la Junta Especial Número SEIS , de las que integran la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado; con domicilio en CALLE VEINTICUATRO NORTE NUMERO DOSCIENTOS CATORCE COLONIA EL CRISTO EN ESTA CIUDAD DE PUEBLA.
III. AUTORIDAD RESPONSABLE
LA JUNTA ESPECIAL NUMERO SEIS, DE LASQUE IO INTEGRAN LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO; con domicilio en CALLE VEINTE SUR NUMERO NOVECIENTOS DOS COLONIA AZCARATE, EN ÉSTA CIUDAD DE PUEBLA.
IV. ACTO RECLAMADO
1.- El laudo con fecha SEIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE dentro del expediente laboral numero D-6/646/2009, dicho laudo en contrario a derecho.
V. PRECEPTOS CONSTITUCIONALES CUYA VIOLACIÓN SE RECLAMAY CONCEPTOS DE LA MISMA VIOLACIÓN:
Se viola en mi perjuicio lo dispuesto por los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los conceptos de violación, se señalaran cada uno en un capitulo por separado.
VI. FECHA EN QUE SE NOTIFICO LA RESOLUCIÓN QUE CONSTITUYE EL ACTO RECLAMADO: ONCE DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE .
VII. GARANTÍAS CONSTITUCIONALES VIOLADAS:Artículos 14 y 16 de la Carta Magna.
VIII. LEY APLICADA INEXACTAMENTE.- La ley Federal del Trabajo en sus artículos 840 y muy en especifico en su fracción IV, 841,842 y demás relativos aplicables de la ley de la materia.
A continuación y dada la naturaleza del asunto, bajo protesta de decir verdad se exponen los antecedentes que constituyeron el acto reclamado:
ANTECEDENTES
1.- Con fecha SEISDE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE, se presento ante Oficialía de Partes de la H. Junta Local de Conciliación y Arbitraje; demanda por despido injustificado, en contra de la ARMENTA AUTOMOTRIZ S.A. DE C.V. y en lo personal en contra del LOS CC. FELIPE ARMENTA Y TORRES Y EL C. ALEJANDRO FLORES HUERTA.
2.- Admitida la demanda de la junta responsable dicto auto de radicación DE DIEZ DE DICIEMBRE...
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