Amparo
MINISTRO PONENTE: SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. SECRETARIA: LAURA GARCIA VELASCO.
México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al seis de enero de dos mil nueve. VISTOS, para resolver los autos del juiciode amparo directo 6/2008, relacionado con la facultad de atracción 3/2008-PS, promovido por ******************************************, por su propio derecho, contra actos de la Primera Sala Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, por estimarlos violatorios de los artículos 1°, 4°, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, Vo. Bo. RESULTANDO:Cotejó: PRIMERO.- Mediante escrito presentado el diecinueve de septiembre de dos mil cinco, en la Oficialía de Partes Común Civil Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ************************************** demandó, en la vía ordinaria civil, las siguientes prestaciones:
AMPARO DIRECTO CIVIL 6/2008.
1.- La rectificación de su acta de nacimiento en lo relativo a lamención registral de nombre, a fin de cambiar su nombre de *************************************** por el de ************************************, con la finalidad de adecuar su acta a la realidad social y jurídica; 2.- La rectificación de su acta de nacimiento en lo relativo a la mención registral del sexo masculino por el de femenino, a fin de adecuar su acta a la realidad social y jurídica;3.- Ad cautelam, solicita se ordene al C. Director del Registro Civil, una vez que haga las anotaciones respectivas en el acta de nacimiento de la suscrita, en términos del artículo 138 del Código Civil, no se publique, ni expida, constancia alguna que revele el origen de la condición de la persona, salvo providencia dictada en el juicio y se levante una nueva acta, atendiendo al derecho deprivacidad de la persona, en razón de los derechos de la personalidad consagrados en la Carta Magna, toda vez que compete a la esfera privada del ser humano revelar tal condición, aunado a que, en ningún momento, se lesionan derechos de terceros y, de igual forma, atendiendo al principio que rige en derecho civil, que señala que todo lo no prohibido está permitido. Esta petición obedece a que, en nuestralegislación, en términos de los artículos 86 y 87 del Código Civil para el Distrito Federal y 66 del Reglamento del Registro Civil del Distrito Federal, dentro de las actas de adopción, se reserva la publicación de la anotación correspondiente, levantando otra acta, como si fuera de nacimiento, en los mismos términos que la que se expide para los hijos consanguíneos. Este razonamiento atiende alderecho de privacidad que
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tiene la persona adoptada, de que terceros no conozcan su condición de tal, salvo providencia dictada en juicio. En atención a esta similitud de supuestos jurídicos, solicita se aplique el principio de analogía, para la aplicación del presente caso, toda vez que impera el principio de privacidad consagrado en nuestra Carta Magna yreflejado dentro de los derechos de la personalidad, en ejercicio de su pleno desarrollo; 4.- En defecto de lo solicitado en la prestación marcada con el número 3 (tres), solicita se realice la inscripción correspondiente, en términos del artículo 138 del Código Civil para el Distrito Federal; 6.- Al otorgar la rectificación de acta, solicita, en términos del artículo 2 y demás relativos y aplicablesdel Código Civil para el Distrito Federal, determine los alcances de esta sentencia, en relación con la modificación del estado civil de la persona, en razón del ejercicio de sus derechos civiles vinculados con su sexualidad; fundándose, para ello, en los hechos que dejó narrados en su escrito mencionado y en los preceptos de derecho que estimó aplicables. SEGUNDO.- Por razón de turno,...
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