amparo
PROC. 182/2011-IV, JUZGADO TERCERO
DE DISTRITO, ESTADO DE TAMAULIPAS
C. JUEZ __________ DE DISTRITO
EN EL ESTADO DE CHIAPAS
TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS
Asunto: El que se indica
Los que suscriben los CC. JOSE LUIS PEREZ DIAZ, Comisariado ejidal del ejido Alfonso Moguel y EUMBERTO INDILI SANCHEZ, Agente Municipal del ejido Alfonso Moguel,municipio de Ocozocoautla, Chiapas, por este medio nos permitimos informarle que con fecha 10 de enero del año en curso, se le envió exhorto numero 2/2013 al C. UVINEL LUNA SANCHEZ, del índice de ese juzgado que usted representa, con motivo del diverso 6/2013, derivado de la causa penal 182/2011, del índice del JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS, con cede en NUEVO LAREDO, que seinstruye en contra de GILBERTO MATA MEDINA; al respecto me permito informarle que el C. UVINEL LUNA SANCHEZ, desde hace mas de tres años aproximadamente, no ha radicado en este ejido, ya que tengo conocimiento que esta persona trabaja en el estado de Tamaulipas y desde que esta persona salió de este ejido, lo he visto muy esporádicamente, por lo que es imposible localizarlo para avisarle sobre laaudiencia del día 23 de enero de 2013.
Ejido Alfonso Moguel, Municipio de Ocozocoautla, Chiapas, a 15 de enero de 2013.
At e n t a m e n t e.
C. JOSE LUIS PEREZ DIAZ C. EUMBERTO INDILI SANCHEZ
Presidente de comisariado ejidal Agente Municipal
c.c.p. archivo.ElAmparoDirectoescompetenciade:•LosTribunalesColegiadosdeCircuito,cuyadecisiónesterminaloinatacable,salvocuando:•LaSupremaCortedeJusticiadelaNaciónejercesufacultaddeatracción•CuandoelTribunalColegiadoresuelvesobrelaconstitucionalidadde-unaley,tratadointernacional,reglamento).EnestecasolaSupremaCortepuedeconoceratravésdelrecursoderevisiónqueseplanteecontralasentencia.•OelTribunalColegiadorealizalainterpretacióndirectadeunpreceptoconstitucional,pues,enestecasoprocedeelrecursoderevisiónencontradelasentenciadefinitiva.
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El juicio de amparo directo. Presentation Transcript
1. EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO El amparo directo o de única instancia procede contra:• Sentencias definitivas, laudos y resoluciones que ponen fin a juicio, pudiendo alegarse vicios al procedimiento (durante el desarrollo deljuicio) o de fondo, o bien cuestiones sobre inconstitucionalidad de normas de carácter general –leyes, tratados internacionales, reglamentos, etc.-.
2. El Amparo Directo es competencia de:• Los Tribunales Colegiados de Circuito, cuya decisión es terminal o inatacable, salvo cuando:• La Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerce su facultad de atracción• Cuando el Tribunal Colegiado resuelve sobrela constitucionalidad de una ley, tratado internacional, reglamento). En este caso la Suprema Corte puede conocer a través del recurso de revisión que se plantee contra la sentencia.• O el Tribunal Colegiado realiza la interpretación directa de un precepto constitucional, pues, en este caso procede el recurso de revisión en contra de la sentencia definitiva.
3. REGULACIÓN DEL AMPARO DIRECTO• Seregula en el artículo 107, fracción V Constitucional, 158 de la Ley de Amparo y 37 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.• Del artículo 159 a 160 se regula la preparación del juicio del mismo, requisitos sine qua non indispensables para la procedencia de la acción de amparo directo.
4. La parte quejosa en un juicio de amparo directo al impugnar unasentencia conlas características de definitiva (laudos o resolucionesque le ponen fin al juicio), puede hacer impugnar la misma por viciospropios de la sentencia conocidos como errores in iudicando, asícomo violaciones cometidas durante el fallo denominadas inprocedendo.Del Castillo del Valle.- para efectos del juicio de amparo debeentenderse por vicio: «una violación a la garantía de audiencia...
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