AMPARO
Por medio del presente ocurso comparezco en micarácter de tercero perjudicado a exponer lo siguiente:
Que respecto al ACTO RECLAMADO: que recae en el acto admisorio de fecha 16 de marzo del 2010, dictado dentro del expediente Agrario 99/2010,relativo a las medidas precautorias solicitadas por el C. ISIDRO NOE HERNANDEZ GUTIERREZ, las cuales le fueron negadas, como ya le fue manifestado al QUEJOSO, dichas medidas precautorias modificaríanla materia del juicio, y por lo tanto podrían generar consecuencias de derecho que hacen imposibles el cumplimiento del resultado definitivo, pues como consta en autos la materia del juicio versasobre las acciones:
1.- El reconocimiento que se haga del derecho real del camino de paso.
2.- Condenar a los demandados a dejar el libre acceso del camino que se demanda y se condene al retiro de labarda de piedra así como pasto.
3.- Se les aperciba a los demandados se abstengan de seguir realizando actos de molestia que impidan el libre acceso del camino de paso hacia el domicilio del actor yde los servicios públicos.
En este orden de ideas si se concede al quejoso la suspensión del acto reclamado, entonces se estaría resolviendo de fondo las acciones sobre las cuales versa el Juicioen Materia Agraria, por si fuera poco el QUEJOSO, por el estado procesal que guarda el Juicio Agrario, aun no acredita el interés legitimo y mucho menos ha ofrecido ningún tipo de documento con el...
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