amparo
1.- Contra normas generales que por su sola entrada en vigor o con motivo del primer acto de su aplicación causen perjuicio al quejoso. Las normas generales, entre otras, lassiguientes: los tratados internacionales; las leyes federales; las constituciones de los Estados y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; las leyes de los Estados y del Distrito Federal; losreglamentos federales; los reglamentos locales y los decretos, acuerdos y todo tipo de resoluciones de observancia general.
2.- Contra actos u omisiones que provengan de autoridades distintas de lostribunales judiciales, administrativos o del trabajo.
3.- Contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, siempre que se trate de laresolución definitiva por violaciones cometidas en la resolución o durante el procedimiento actos en el procedimiento que sean de imposible reparación, entendiéndose por ellos los que afectenmaterialmente derechos sustantivos tutelados en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
4.- Contra actos de tribunales judiciales, administrativos,agrarios o del trabajo realizados fuera de juicio o después de concluido. Si se trata de actos de ejecución de sentencia sólo podrá promoverse el amparo contra la última resolución dictada en elprocedimiento respectivo.
5.- Contra actos en juicio cuyos efectos sean de imposible reparación, entendiéndose por ellos los que afecten materialmente derechos sustantivos tutelados en la constitucion y enlos tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
6.- Contra actos dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas.
7.- Contra las omisiones del ministerio publico enla investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva.
8.- Contra actos de autoridad que determinen inhibir o declinar la competencia o el conocimiento de un asunto.
9.-...
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