Amparo
I. Los hechos [arriba] -
El conflicto se genera a raíz de la negativa de los padres de un menor a que el mismo sea vacunado, de acuerdo al Plan Nacional de Vacunación.
Manifestaron que la oposición se debía a la elección que profesan, de acuerdo a los dogmas del “modelo ayurvédico”, cuestionando la medicina científica y lainstitucionalidad del sistema de salud. Todo ello, sin perjuicio de haber concurrido al Hospital Interzonal Especializado Materno Infantil V. Tetamanti, de la Ciudad de Mar del Plata, luego de dar a luz en el domicilio del matrimonio.
De esta manera, la obstrucción a la labor del personal del nosocomio, motivó que la Asesora de menores solicite una medida de protección al recién nacido a fin deque le sean suministradas las vacunas del caso y de ser necesario, con el auxilio de la fuerza pública.
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires intimó a los progenitores a acreditar el cumplimiento del plan de vacunación oficial, bajo apercibimiento de realizarlo en forma compulsiva. Contra dicha resolución, ambos padres interpusieron recurso extraordinario, fundando su pretensión en elcuestionamiento de cláusulas constitucionales, la Convención de los Derechos del Niño y los alcances de la ley 22.909.
II. El fallo de la Corte [arriba] -
Entre sus argumentos mas significativos, manifestó que “cabe recordar que el resguardo de la privacidad de cada individuo es un ámbito de incuestionable tutela por parte de nuestra Constitución y, de este modo, lo ha afirmado esta Corte(Fallos: 306:1892 y 329:5266, entre muchos otros).
Así, el art. 19 citado le reconoce al individuo un ámbito de libertad en el cual éste puede adoptar libremente las decisiones fundamentales acerca de su persona, sin intervención alguna por parte del Estado o de los particulares, en tanto dichas decisiones no violen el orden, la moral pública o los derechos de terceros. Es decir, mientras unapersona no ofenda al orden, a la moral pública, o a los derechos ajenos, sus comportamientos —incluso públicos— están protegidos por el artículo 19, y hay que respetarlos aunque a lo mejor resulten molestos para terceros o desentonen con pautas del obrar colectivo”.
Asimismo, dejó en claro que “el derecho a la privacidad -por definición propio y exclusivo de cada persona- se extiende a situaciones enque alcanza a dos o más personas que integran un núcleo familiar erigiéndose en el derecho a la privacidad de ese grupo (art. 11, inciso 2° de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos). En ejercicio de este derecho los progenitores pueden elegir sin interferencias del Estado el proyecto de vida que desean para su familia; sin embargo, tal derecho tendrá como límite lo dispuesto por el art.19 de la Constitución Nacional”.
Dicho lo que antecede, no caben dudas que la decisión tomada por los progenitores pone en riesgo la salud de toda la comunidad y compromete la eficacia del régimen de vacunaciones oficial, por lo que no puede considerarse como una de las acciones privadas del artículo 19 antes referido, ya que la vacunación no alcanza sólo al individuo que la recibe, sino queexcede dicho ámbito personal para incidir directamente en la salud pública.
III. Naturaleza y alcances de la primera parte del art. 19 de la CN [arriba] -
“Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.
Esta cláusula genérica, se encuentraestrechamente ligada y respaldada por el art. 33 de la ley fundamental, así como de otras manifestaciones de libertades que contiene el texto constitucional. Gregorio Badeni[2] afirma que el reconocimiento del “Derecho a la intimidad” es unánime, aunque no así sus límites e interpretación. Por ello, la Corte, una vez mas, nos ha ilustrado acerca de la relatividad de este tipo de derechos,...
Regístrate para leer el documento completo.