Ampliacion Demanda Amparo Indirecto
Localización:
Novena Época
Instancia: Pleno
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XVIII, Julio de 2003
Página: 12
Tesis: P./J.15/2003
Jurisprudencia
Materia(s): Común
AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. SUPUESTOS EN LOS QUE PROCEDE.
La estructura procesal de dicha ampliación, que es indispensableen el juicio de garantías, se funda en el artículo 17 constitucional y debe adecuarse a los principios fundamentales que rigen dicho juicio, de los que se infiere la regla generalde que la citada figura procede en el amparo indirecto cuando del informe justificado aparezcan datos no conocidos por el quejoso, en el mismo se fundamente o motive el actoreclamado, o cuando dicho quejoso, por cualquier medio, tenga conocimiento de actos de autoridad vinculados con los reclamados, pudiendo recaer la ampliación sobre los actos reclamados,las autoridades responsables o los conceptos de violación, siempre que el escrito relativo se presente dentro de los plazos que establecen los artículos 21, 22 y 218 de la Ley deAmparo a partir del conocimiento de tales datos, pero antes de la celebración de la audiencia constitucional.
Contradicción de tesis 2/99-PL. Entre las sustentadas por las SalasPrimera, Segunda y Auxiliar, por una parte, y por la otra, la Cuarta Sala, todas de la anterior integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 3 de junio de 2003.Unanimidad de diez votos. Ausente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Alejandro Sánchez López.
El Tribunal Pleno, en su sesión privadacelebrada hoy veintitrés de junio en curso, aprobó, con el número 15/2003, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintitrés de junio de dos mil tres.
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