Análisis Artículo 6 Dl Acto Legislativo 01 De 2009.
HENRY PUELLO MERCADO
05/04/2011
ANÁLISIS ARTÍCULO 6 DL ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2009.
SERVICIO NACIONAL DE APREMDIZAJE SENA
Contraloría General de Antioquia
Seminario Proceso ElectoralColombiano
TALLER ANÁLISIS DEL ARTÍCULO 6 DEL ACTO LEGISLATIVO No 01 DE 2009
Henry de Jesús Puello Mercado
Bogotá Colombia
2011
Introducción
La lectura y análisis de textos legislativosconstituyen un ejercicio académico que busca la proposición de
Lectura y análisis del artículo 6 del Acto Legislativo 01 de 2009, el cual reformó el artículo 134 de la Constitución Política,haciendo énfasis en el tema tan discutido durante el trámite de la reforma política, relacionado con la “silla vacía”, como consecuencia de las investigaciones a congresistas por tener vínculos con gruposal margen de la ley.
Artículo 6°. El artículo 134 de la Constitución Política quedará así:
Los miembros de las Corporaciones Públicas de elección popular no tendrán suplentes. Solo podrán serreemplazados en caso de muerte, in-capacidad física absoluta para el ejercicio del cargo, declaración de nulidad de la elección, renuncia justificada, y aceptada por la respectiva Corporación, sancióndisciplinaria consistente en destitución, pérdida de investidura, condena penal o medida de aseguramiento por delitos distintos a las relacionadas con pertenencia, promoción o financiación a/o porgrupos armados ilegales, de narcotráfico, delitos contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad o cuando el miembro de una Corporación pública decida presentarse por un partidodistinto según lo planteado en el Parágrafo Transitorio 1° del artículo 107 de la Constitución Política. En tales casos, el titular será reemplazado por el candidato no elegido que, según el orden deinscripción o votación obtenida, le siga en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral.
Como consecuencia de la regla general establecida en el presente artículo-lo, no podrá ser...
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