Análisis De Caso-Hostigamiento Sexual-María Del Milagro Rosales Valladares
Identificación del Problema
El problema radica en la existencia de una discrepancia entre las consideraciones de ciudadanos particulares y la jurisprudencia de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, según la cual, tratándose de hostigamiento sexual, existe unapresunción de verdad del dicho del (a) denunciante.
Objeto de la Acción
Los accionantes particulares solicitaron a la Sala Constitucional la declaración de inconstitucionalidad de la jurisprudencia de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, que establece que tratándose de la aplicación de disposiciones legales que castigan el hostigamiento sexual en el empleo y la docencia, existe unapresunción de verdad iuris tantum a favor del (a) denunciante, a cuyo dicho se le otorga plena credibilidad, de modo que es el (la) supuesto (a) acosador (a), objeto de la denuncia, a quien corresponde probar su inocencia. Consideran estos que la jurisprudencia de la Sala Segunda es inconstitucional ya que viola el principio de inocencia, pues no se requiere de prueba para sancionar el hostigamientosexual, al presumirse culpable el (la) denunciado (a) con solo el dicho de la persona denunciante, siendo esto contrario también a la misma ley, pues ésta no establece ninguna presunción. Y finalmente, los accionantes alegan que la violación del principio de inocencia conlleva también, a una violación a los principios de defensa, “in dubio pro reo” y debido proceso.
Jurisprudencia Impugnada
Losgestionantes alegan que los fallos de la Sala Segunda generalizan una norma tácita, que no está contenida en la Ley N° 7476, y se citan como inconstitucionales específicamente cuatro sentencias: la sentencia N° 52 de las 9:30 horas de 8 de febrero de 2006, la sentencia N° 130 de las 10:50 horas de 19 de mayo de 1999, la sentencia N° 808 de las 10:10 horas de 31 de octubre de 2007 y la sentenciaN° 25 de las 9:35 horas de 18 de enero de 2008.
Alegatos de los Intervinientes
Por su parte, la Sala Segunda, contesta en la audiencia conferida indicando que en la jurisprudencia de esos estrados que se estaba alegando como inconstitucional la víctima nunca fue parte pues se trataba de reclamos interpuestos por trabajadores despedidos por hostigamiento sexual cuyas demanda fueron denegadaspor existir certeza por parte del patrono, de la falta cometida. Además indica que en ninguno de los fallos se consideró que bastaba con alegar la causal de hostigamiento sexual para dar razón al patrono por el despido efectuado, si no que en todos los casos se habían valorado efectivamente las pruebas, y que únicamente se tenía por cierta la declaración de la ofendida si, luego de analizarla a laluz de la demás prueba, se llegaba a concluir que se ajustaba a la verdad. Es decir que la declaración de la víctima se tendría como prueba cierta siempre que este sujeta a valoración primero y se logré con el resto del material probatorio, tener por acreditada la falta.
Dentro del asunto también intervinieron la Procuraduría General de la República, la Defensoría de los Habitantes y elInstituto Nacional de la Mujer.
La Procuraduría General de la República, se opuso a la acción de inconstitucionalidad indicando que la presunción iuris tantum a favor de la víctima de hostigamiento sexual que había establecido la Sala Segunda no es inconstitucional, pues esta materia es de difícil probanza, siempre se presenta dentro de una relación de poder lo cual justifica la flexibilización del...
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