Análisis de los artículos 35 y 731 del código civil
LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS.
TÍTULO CUARTO. DEL REGISTRO CIVIL.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 35. En el DistritoFederal, estará a cargo de los Jueces del Registro Civil autorizar los actos del estado civil y extender las actas relativas a nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción, matrimonio, divorcioadministrativo y muerte de los mexicanos y extranjeros residentes en los perímetros de las Delegaciones del Distrito Federal, así como inscribir las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunciónde muerte, el divorcio judicial, la tutela o que se ha perdido o limitado la capacidad legal para administrar bienes.
Análisis:
En primer lugar el articulo nos menciona que solo en eldistrito federal, los actos del estado civil entiéndase como matrimonios, divorcios las actas d nacimiento, reconocimiento de hijos, muerte de los mexicanos y extranjeros en el distrito federal y lassentencias que declaren ausencia, una posible muerte etc., únicamente podrán ser llevadas a cabo y exclusivamente por los jueces del registro civil nadie más está facultado para dichos casos.TITULO DUODECIMO Del patrimonio de la familia CAPITULO UNICO
Artículo 731.- Los miembros de la familia que quieran constituir el patrimonio lo harán a través de un representante común, por escrito alJuez de lo Familiar, designando con toda precisión los bienes muebles e inmuebles, para la inscripción de estos últimos en el Registro Público. La solicitud, contendrá: I. Los nombres de losmiembros de la familia; II. El domicilio de la familia; III. El nombre del propietario de los bienes destinados para constituir el patrimonio familiar, así como la comprobación de su propiedad ycertificado de libertad de gravámenes, en su caso, excepto de servidumbres; y IV. El valor de los bienes constitutivos del patrimonio familiar no excederá el fijado en el artículo 730 de este ordenamiento.
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