Anónimo

Páginas: 32 (7767 palabras) Publicado: 17 de noviembre de 2014
TABLA DE CONTENIDO
0. INTRODUCCION
1. EL PROBLEMA DE INVESTIGACION…………………………………2
1.1. DESCRIPCION DEL PROBLEMA……………………………….…..5
1.2. FORMULACION DEL PROBLEMA…………………………………..7
1.3. SISTEMATIZACION DEL PROBLEMA………………………………8
2. JUSTIFICACION……………………………………………………….….9
3. MARCO REFERENCIAL…………………………………………………10
3.1. MARCO CONTEXTUAL……………………………………...………..12
3.2. MARCOHISTORICO…………………………………………………..13
3.3.ESTADO DEL ARTE……………………………………………………14
3.4. MARCO LEGAL…………………………………………………………19
3.5. MARCO CONCEPTUAL
3.6. GLOSARIO
REFERENCIAS











¿La tradición y el trabajo ameritan la muerte de un ser vivo?
Principalmente la problemática que queremos abordar en esta investigación es la inconformidad de las personas por parte del fallo dado por la corte constitucional con lo que respecta las corridas de toros.
Enmedio de la atención que ha generado un grupo de ocho novilleros que desde hace un mes hacen una huelga de hambre en las afueras de la Plaza de Toros de Santa María, la Corte Constitucional falló a favor de la fiesta brava en Bogotá.

Con la decisión de este martes, la Corte decidió "ordenar a las autoridades distritales competentes disponer lo necesario para la reanudación del espectáculotaurino en la Plaza de Toros de Santa María de Bogotá, mediante la adopción de mecanismos contractuales u otros administrativos que garanticen la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia y su difusión".
Además, señala la Corte Constitucional que falló la demanda con ponencia favorable del magistrado Mauricio González para la Corporación Taurina contra la decisión del alcalde de Bogotá,Gustavo Petro, que dio por terminado, a través de un decreto, las corridas de toros en la ciudad al no renovar el contrato de arrendamiento de la plaza de toros.
Hace cerca de nueve meses el caso estaba en estudio en el alto tribunal, sin embargo la discusión había sido aplazada por diferentes coyunturas que habían acaparado la atención de todos los magistrados, aun cuando esta decisión soloestaba en manos del magistrado González, Gabriel Mendoza y Luis Guillermo Guerrero. (Lea: Las claves de la ponencia que reviviría los toros en Bogotá)
El proyecto de González que recibió el respaldo tiene en cuenta dos sentencias importantes de la Corte Constitucional frente al tema de las corridas de toros. Una de estas es la C-666 de 2010, que señala que las corridas solo pueden hacerse en losmunicipios en los que sean manifestación de una tradición regular. “Únicamente podrán desarrollarse en aquellos municipios o distritos en los que las mismas sean manifestación de una tradición regular, periódica e ininterrumpida y que por tanto su realización responda a cierta periodicidad”, dice esa sentencia.

"Se verificó la inminencia de un perjuicio irremediable para los derechos de libreexpresión y debido proceso de la accionante, por la imposibilidad de celebración y difusión de un espectáculo artístico y cultural que requiere de la Plaza taurina para su realización periódica y regular", advirtió.
La otra es la Sentencia C-889 de 2012, que declaró exequible (constitucional) la Ley 916 de 2004 (por el cual se establece el Reglamento Taurino) que dice que los alcaldes y los concejosmunicipales no pueden prohibir las corridas de toros en los municipios donde exista tradición. (Entrevista: por qué decirle sí a las corridas de toros)
“La Corte encontró que no existe una norma legal que imponga la prohibición general de los espectáculos taurinos. Antes bien, la Corte ha avalado la regulación legal de estas actividades contenida en la Ley 916 de 2004, en cuanto tradición culturalde la Nación, susceptible de ser reconocida por el Estado”, señala dicha sentencia.
“Bien pueden las autoridades locales suspender o no autorizar la realización de un espectáculo taurino, adelantado en plazas de toros permanentes, no permanentes o portátiles, cuando no cumpla con tales requisitos, al igual que cuando se esté ante el incumplimiento de las...
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