ANALISIS ART 244 COFJ
Analisis
el único autorizado para crear juzgados únicoso multicompetentes en cantones o parroquias rurales apartados es el consejo de la judicatura y los colocara en una localidad conveniente para toda la población.
Art. 245.-ATRIBUCIONES YDEBERES.-Las juezas y los jueces únicos o multicompetentes dentro de la circunscripción territorial que el Consejo de la Judicatura determine conocerán de todas las materias.
Analisis
el juez que ha sidocolocado en una localización alejada sea cantonal o parroquial debe conocer todas las materias sea civil , penal, laboral entre otras
PARAGRAFO XII
JUDICATURAS ESPECIALES
Art. 246 CREACION DEJUDICATURAS ESPECIALES: En cualquier tiempo, atendiendo al mandato constitucional, el Consejo de la Judicatura podrá establecer judicaturas especiales de primer nivel, para que conozcan de lasreclamaciones por violación de los derechos de la naturaleza, cuestiones relativas a adjudicación de tierras, reclamaciones del derecho a las aguas, reclamaciones relativas a la soberanía alimentaria,violaciones a los derechos de los consumidores, deportación de extranjeros, garantías de los inmigrantes. El Consejo de la Judicatura distribuirá la competencia en razón del territorio y la materia, salvo quela ley expresamente contenga previsiones al respecto.
Analisis:
haciendo cumplir la constitución de la república , el consejo de la judicatura establece judicaturas especiales para los reclamoscomo:
violación de los derechos de la naturaleza
cuestiones relativas a adjudicación de tierras
reclamaciones del derecho a las aguas
reclamaciones relativas a la soberanía alimentaria...
Regístrate para leer el documento completo.