Analisis De Facturacion Electronica
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REGLAS DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL
1. Reforma publicada en el Diario Oficial el 7 de diciembre 2009 – Código Fiscal de la Federación Artículo Decimo II.
2. Regla I.2.10.23 publicada el 28 de diciembre de 2010.
Monto para la expedición de comprobantes fiscales impresos
I.2.10.23. Para los efectos del artículo 29,quinto párrafo del CFF, el monto de $2,000.00, a que se refiere dicho precepto, deberá de ser cuantificado antes de la determinación de los impuestos que correspondan, considerando únicamente la contraprestación con la cual se extinga la obligación de pago correspondiente.
Aquí en reglas de carácter general ya nos especifica un monto de 2´000,000, que debemos cuantificar antes de determinarimpuestos
3. Regla I.2.23.2.2 publicada el 14 de septiembre de 2010 / 28 de diciembre 2010.
Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos
I.2.23.2.2. Para los efectos del Artículo Décimo, fracción III de las Disposiciones Transitorias del CFF, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto alos Depósitos en Efectivo y del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y del Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de Inversión; y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 1 de abril de 1995”, publicado en el DOF del 7 de diciembre de2009, los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado o por el que hubieren tenido la obligación de presentar dicha declaración, que hayan consignado en la misma para efectos del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, así como los contribuyentes que en el ejercicio fiscal en que inicien actividades estimen que obtendrán ingresos iguales o inferiores a la citadacantidad, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa, sin importar el monto que amparen, siempre y cuando además de reunir los requisitos precisados en el artículo 29-A del CFF, con excepción de los previstos en las fracciones II y IX del citado precepto legal, cumplan con lo siguiente:
Los contribuyentes que opten por expedir sus comprobantes fiscales impresos conforme aésta regla, deberán solicitar la asignación de folios en términos de lo dispuesto en la ficha 162/CFF denominada “Solicitud de asignación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos” contenida en el Anexo 1-A. Una vez aprobada la asignación de folios, el SAT proporcionará al contribuyente emisor un CBB como dispositivo de seguridad.
Los folios asignados al contribuyente, así comoel CBB tendrán una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de los folios, los cuales deberán imprimirse en el original y en la copia correspondiente a cada uno de los comprobantes fiscales.
En el Anexo 1-A se dan a conocer los procedimientos para la asignación, modificación, cancelación y consulta de validez de los folios asignados al contribuyente, asícomo para la consulta de la información relativa a la aprobación de folios para la expedición de comprobantes fiscales impresos. Asimismo, los comprobantes que se expidan en términos de esta regla tendrán de forma impresa los requisitos a que se refiere la regla I.2.23.2.1., cuarto párrafo.
El requisito a que se refiere el artículo 29-A, fracción VII del CFF, sólo será aplicable a loscontribuyentes que hayan efectuado la importación de mercancías respecto de las que realicen ventas de primera mano.
La opción establecida en la presente regla dejará de surtir efectos cuando, durante el ejercicio fiscal de que se trate, el contribuyente obtenga ingresos superiores a $4,000,000.00, supuesto en el cual a partir del mes inmediato siguiente a aquél en el que se rebase dicho monto, el...
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