Analisis de la teoria de los actos propios
Esta doctrina posee su sustento como ya seindicaba en el enunciado del foro en que “nadie puede válidamente ir contra sus propios actos” en base a principios como el de lealtad procesal y buena fe, entre otros, y necesariamente en casosespecíficos puede imponerse tal doctrina a actuaciones de las partes, especialmente en el caso del Ministerio Público.
Sin embargo entiendo que el Ministerio Público si puede de manera válidacambiar de parecer respecto de la presentación de un acto conclusivo, en este caso la acusación, siempre y cuando aparezcan nuevas circunstancias que justa y válidamente provoquen dicho cambio, puesto quesi bien se supone que si se presentó una acusación es porque han de existir pruebas que la sustenten, no menos cierto es que se impone que si posteriormente a la presentación de la misma aparecenelementos que desvirtúen esos fundamentos, el Ministerio público pueda retractarse de esto disponiendo otro tipo de requerimiento, claro, debe hacerlo siempre de manera motivada explicando las razones quele llevaron a esa decisión, en esta virtud la victima bien podría objetar la decisión del fiscal, aportando los fundamentos que justifiquen su desacuerdo, pero no creo que en estas circunstancias debainvocarse la doctrina referida, pues entiendo debe imperar el principio de objetividad del Ministerio Público.
En base a la objetividad que debe primar en las funciones del Ministeriopúblico, el cambio de un requerimiento conclusivo en casos en los que el fiscal por circunstancia nuevas o no ponderadas, considere que la acusación no es el requerimiento procedente, más que un asunto...
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