Analisis de tipos penales
DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL
HOMICIDIO
Art. 125: Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, adoptante o adoptado, cónyuge, concubina o concubinario u otra relación de pareja permanente, con conocimiento de esa relación, sele impondrán prisión de diez a treinta años y pérdida de los derechos que tenga con respecto a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio. Si faltare el conocimiento de la relación, se estará a la punibilidad prevista para el homicidio simple.
Si en la comisión de este delito concurre alguna circunstancia agravante de las previstas en el artículo 138 de este Código, se impondrán las penasdel homicidio calificado. Si concurre alguna atenuante se impondrán las penas que correspondan según la modalidad.
Elemento subjetivo: conocer la existencia de esa relación de parentesco y aun con ello privar de la vida, elemento que debe de estar en mente del autor.
PROCREACION ASISTIDA E INSEMINACION ARTIFICIAL
Art 149: A quien disponga de óvulos o esperma para fines distintos a los autorizadospor sus donantes, se le impondrán de tres a seis años de prisión y de cincuenta a quinientos días multa.
MANIPULACION GENETICA
Art 154: Se impondrán de dos a seis años de prisión, inhabilitación, así como suspensión por igual término para desempeñar cargo, empleo o comisión públicos, profesión u oficio, a los que:
I. Con finalidad distinta a la eliminación o disminución de enfermedades graveso taras, manipulen genes humanos de manera que se altere el genotipo;
II. Fecunden óvulos humanos con cualquier fin distinto al de la procreación humana; y
III. Creen seres humanos por clonación o realicen procedimientos de ingeniería genética con fines ilícitos.
Elemento subjetivo: en caso de los dos artículos el elemento es con finalidad, la cual consiste es obtener un fin distinto alo permitido, saber que es ilícito y querer hacerlo, elemento que debe de estar en mente del autor.
DELITOS DE PELIGRO DE LA VIDA O SALUD DE LAS PERSONAS
PELIGRO DE CONTAGIO
Art. 159: Al que sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre y cuando la víctima no tengaconocimiento de esa circunstancia, se le impondrán prisión de tres meses a tres años y de cincuenta a trescientos días multa.
Si la enfermedad padecida fuera incurable, se impondrán prisión de tres meses a diez años y de quinientos a dos mil días multa. Este delito se perseguirá por querella de la víctima u ofendido.
Elemento subjetivo: tener conocimiento de la enfermedad y querer poner en peligrola salud del pasivo.
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD PERSONAL
PRIVACION DE LA LIBERTAD CON FINES SEXUALES
Art 162: . Al que prive a otro de su libertad, con el propósito de realizar un acto sexual, se le impondrá de uno a cinco años de prisión.
Si dentro de las veinticuatro horas siguientes, el autor del delito restituye la libertad a la víctima, sin haber practicado el acto sexual, la sanciónserá de tres meses a tres años de prisión.
Este delito se perseguirá por querella.
SECUESTRO
Art 163: .- Al que prive de la libertad a otro con el propósito de obtener rescate, algún beneficio económico, causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a cualquiera otra, se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de mil a tres mil días multa.
Art 166: Se impondránlas mismas penas señaladas en el artículo 165, cuando la privación de la libertad se realice en contra de un menor de edad ó de quien por cualquier causa no tenga capacidad de comprender ó resistir la conducta, con el propósito de obtener un lucro por su venta o entrega.
Art 166 bis: Se impondrá de uno a ocho años de prisión y de doscientos a mil días multa, al que en relación con las conductas...
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