Analisis Del Articulo 123 Constitucion Mexicana
NOMBRE DEL ALUMNO:
Juan Carlos Gallardo Mendoza
NOMBRE DEL CATEDRÁTICO:
Juan René Segura Ricaño
MATERIA:
Derecho Individual del Trabajo
TEMA:
Reformas al artículo 123 Constitucional
SEMESTRE:
5°
El texto original del artículo 123 constitucional expresa lo siguiente:
ARTÍCULO 123.- El Congreso de la Unión y las Legislaturas de losEstados deberán expedir leyes sobre el trabajo, fundadas en las necesidades de cada región; sin contravenir a las bases siguientes, las cuales regirán el trabajo de los obreros, jornaleros, empleados, domésticos y artesanos, y de una manera general todo contrato de trabajo:
I.— La duración de la jornada máxima será de ocho horas.
II.— La jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas.Quedan prohibidas las labores insalubres o peligrosas para las mujeres en general y para los jóvenes menores de diez y seis años. Queda también prohibido a unas y otros el trabajo nocturno industrial; y en los establecimientos comerciales no podrán trabajar después de las diez de la noche.
III.— Los jóvenes mayores de doce años y menores de diez y seis, tendrán como jornada máxima la de seishoras. El trabajo de los niños menores de doce años no podrá ser objeto de contrato.
IV.— Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos.
V.— Las mujeres durante los tres meses anteriores al parto, no desempeñarán trabajos físicos que exijan esfuerzo material considerable. En el mes siguiente al parto disfrutarán forzosamente de descanso, debiendopercibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por su contrato. En el periodo de la lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para amamantar a sus hijos.
VI.— El salario mínimo que deberá disfrutar el trabajador será el que se considere suficiente, atendiendo las condiciones de cada región, para satisfacer lasnecesidades normales de la vida del obrero, su educación y sus placeres honestos, considerándolo como jefe de familia. En toda empresa agrícola, comercial, fabril o minera, los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades, que será regulada como indica la fracción IX.
VII.— Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad.
VIII.—El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento.
IX.— La fijación del tipo de salario mínimo y de la participación en las utilidades a que se refiere la fracción VI, se hará por comisiones especiales que se formarán en cada Municipio subordinadas a la Junta Central de Conciliación que se establecerá en cada Estado.
X.— El salario deberá pagarse precisamente en monedade curso legal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías, ni con vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda.
XI.— Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente, un ciento por ciento más de lo fijado para las horas normales. En ningún caso el trabajoextraordinario podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas.
Los hombres menores de diez y seis años y las mujeres de cualquiera edad, no serán admitidos en esta clase de trabajos.
XII.— En toda negociación agrícola, industrial minera o cualquiera otra clase de trabajo, los patronos estarán obligados a proporcionar a los trabajadores, habitaciones cómodas e higiénicas, porlas que podrán cobrar rentas que no excederán del medio por ciento mensual del valor catastral de las fincas. Igualmente deberán establecer escuelas, enfermerías y demás servicios necesarios a la comunidad. Si las negociaciones estuvieren situadas dentro de las poblaciones, y ocuparen un número de trabajadores mayor de cien tendrán la primera de las obligaciones mencionadas.
XIII.— Además, en...
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