analisis del decreto 19-2013
Desde el 21 de diciembre entró en vigencia el Decreto 19-2013, que en aspectos generales hace modificaciones específicas al Código Tributario en cuanto a que deben serhabilitados los libros contables y no únicamente autorizarse. Este artículo hace referencia a las infracciones sancionadas con el cierre temporal.
Un cambio significativo en la Ley de ActualizaciónTributaria es el del artículo 8, que hace referencia a los costos y gastos deducibles de la renta bruta para el régimen de Utilidades sobre Actividades Lucrativas, que será deducible en un 100% lainversión en el mantenimiento y funcionamiento de viviendas, escuelas, clínica, servicios de asistencia, medicinas y otros en beneficio de los trabajadores, siempre que se cumpla con la gratuidad delos servicios, aunque de beneficio para las empresas, se constituye en un deducible por el que la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- dejará de percibir impuestos.
Otro de los cambiosimportantes a la Ley referida, es el trato especial para el sector de la construcción dando a conocer con mas detalle los costos y gastos que se deducen del valor total de la venta para determinar larenta bruta del período. Este trato especial incluye en el caso de las lotificaciones, el poder declarar únicamente el 70% del valor de proyecto, derivado del traslado del 30% que se hace sobre lasacciones del proyecto a los adquirientes finales, en cuyo caso, este 30% no estará afecto al Impuesto sobre la Renta. Esto beneficia al sector de la construcción.
Solamente por estas dos reformas,funcionarios de la SAT consideran que se dejarán de percibir mas de Q240,00 millones en impuesto sobre la renta, adicionales a las repercusiones que tenga sobre el Impuesto al Valor Agregado -IVA-
En elDecreto 10-2012, se incluyó un nuevo componente, sobre las normas especiales de valoración entre partes relacionadas, facultando a la SAT, un mayor control sobre empresas transnacionales y sus...
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