Analisis Sentencia Van Gend Loos
Hay que tomar una decisión prejudicial en torno a dos cuestiones, la primera, si el artículo 12 tenía efecto interno (los hechos podían invocar derechos individuales que el juez debía proteger) y la segunda, de ser la primera cuestióncierta, si la subida del precio de la aduana constituye un hecho ilícito de acuerdo con el artículo 12 del TCEE o si se trata de una modificación razonable del derecho de importación.
En cuanto a la primera cuestión, se plantea un conflictos de competencias ya que el gobierno de los Países Bajos y Bélgica establecen que la solución del problema sea de la competencia de los órganos jurisdiccionalesnacionales y el papel del TJUE se reduzca a la interpretación del alcance del artículo 12 del TCEE en el derecho comunitario y sobre los particulares, siendo ésta objeción infundada. También lo es aquella que establece que las consideraciones que hayan podido guiar a un órgano jurisdiccional nacional en la elección de cuestiones está ligado a la apreciación del TJUE, considerando que el contenidode las cuestiones pone de manifiesto que se refieren a la interpretación del Tratado, y por tanto son competencia del TJUE.
En cuanto al fondo de esta primero cuestión, es sí el artículo 12 puede hacer que los nacionales de los estados miembros invoquen derechos que el juez nacional deba proteger, para considerar esto es necesario analizar el espíritu, sistema y tener de las disposiciones delTratado( es decir analizar el contenido), y el preámbulo de éste indica que mediante la creación de órganos(Parlamento Europeo y Comité económico y social) que institucionalizan los poderes soberanos, el Tratado se refiere tanto a los gobiernos como a los pueblos, y la función del TJUE es garantizar la unidad de interpretación por parte de éstos órganos, de esta manera se confirma la eficacia delDerecho comunitario de ser invocada por los Estados nacionales.
Por estos motivos el Derecho comunitario constituye un nuevo ordenamiento jurídico, en el cual los Estados han limitado su soberanía y sus nacionales también son sujetos de derecho, creando además de obligaciones una serie de derechos, que nacen no solo de manera expresa sino a través de las obligaciones.
En cuanto al tema de losderechos arancelarios y exacciones, en el TCEE la Comunidad se base en una unión aduanera (artículo 9) en la que se prohíben esos derechos y exacciones; esto queda explicado en el artículo 12, que contiene una prohibición que produce efectos directos en las relaciones jurídicas entre los Estados y sus nacionales, los Estados miembros están sujetos a la obligación de abstenerse pero sus nacionalespueden ser beneficiarios de tal obligación.
Por otro lado se observa que la interpretación de los artículos 169 y 170 por parte de los gobiernos que han presentado observaciones al TJUE es errónea ya que aunque estos artículos faculten a la comisión y a los estados miembros para demandar ante el TJUE a un Estado que no haya cumplido sus obligaciones, los particulares puedan invocar estas...
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