Analisis sentencia c 201 de 2002
ANALISIS SENTENCIA C 201 DE 2002
Referencia: expediente D-3692
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 359 parcial, 379-e parcial, 401 parcial, 405, 406 parcial, 408 parcial y 467 del Código Sustantivo del Trabajo y el artículo 25 del Decreto 2351 de 1965.
Demandante: Antonio Eduardo Bohórquez Collazos
Magistrado Ponente: Dr.JAIME ARAUJO RENTERIA
Bogotá, D.C., diecinueve (19) de marzo de dos mil dos (2002).
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales y de los requisitos y trámites establecidos en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
I.ANTECEDENTES
En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, el ciudadanoAntonio Eduardo Bohórquez Collazos demandó los artículos 359 parcial, 379-e parcial, 401 parcial, 405, 406 parcial, 408 parcial y 467 del Código Sustantivo del Trabajo, y el artículo 25 del Decreto 2351 de 1965.
Cumplidos los trámites constitucionales y legales propios de los procesos de constitucionalidad, la Corte Constitucional procede a decidir acerca de la demanda en referencia.PROBLEMA JURIDICO
• Es competente la corte suprema para conocer del presente caso?
• Es competente el legislador para determinar el número de trabajadores necesarios para constituir un sindicato?
• Se atenta contra la existencia y autonomía de los sindicatos?
• Se viola el derecho de huelga al supeditarlo solamente cuando sean asuntos económicos?
TESIS
1. Competencia Deconformidad con el numeral 5 del artículo 241 de la Constitución Política, corresponde a esta Corporación decidir sobre la constitucionalidad de las normas acusadas.
1. Artículos 359 parcial y 401-d parcial del Código Sustantivo del Trabajo
"Artículo 359. Número mínimo de afiliados. Todo sindicato de trabajadores necesita para constituirse o subsistir un número no inferior a veinticinco (25)afiliados; y todo sindicato patronal no menos de cinco (5) patronos [hoy empleadores] independientes entre sí."
"Artículo 401. Casos de disolución. Un sindicato o una federación o confederación de sindicatos solamente se disuelve:
d. Por reducción de los afiliados a un número inferior a veinticinco (25), cuando se trate de sindicatos de trabajadores.
La demanda
Señala el actor que el artículo359 y el literal d) del artículo 401 del Código Sustantivo del Trabajo vulneran los artículos 16 y 39 de la Carta Política puesto que limitan el derecho de asociación sindical y vulneran el libre desarrollo de la personalidad de los trabajadores
"156. La libertad de asociación, en materia sindical, consiste básicamente en la facultad de constituir organizaciones sindicales y poner en marcha suestructura interna, actividades y programa de acción, sin intervención de las autoridades públicas que limite o entorpezca el ejercicio del respectivo derecho. Por otra parte, esta libertad supone que cada persona pueda determinar sin coacción alguna si desea o no formar parte de la asociación. Se trata, pues, del derecho fundamental de agruparse para la realización común de un fin lícito sipresiones o intromisiones que puedan alterar o desnaturalizar su finalidad.
157. El Preámbulo de la Constitución de la OIT incluye el "reconocimiento del principio de libertad sindical" como requisito indispensable para "la paz y armonía universales".
158. Esta Corte considera que la libertad de asociación, en materia sindical, reviste la mayor importancia para la defensa de los intereses legítimos delos trabajadores y se enmarca en el corpus juris de los derechos humanos.
159. La libertad de asociación, en materia laboral, en los términos del artículo 16 de la Convención Americana, comprende un derecho y una libertad, a saber: el derecho a formar asociaciones sin restricciones distintas a las permitidas en los incisos 2 y 3 de aquel precepto convencional y la libertad de toda persona de...
Regístrate para leer el documento completo.