Analisis Terminado
Cuando analizamos las modificaciones de la Ley 19.418 realizadas en la Ley 20.500 (Ley de Participación Ciudadana), nos damos cuenta que la principal novedad quepresenta esta ley es la de establecer un nuevo procedimiento de obtención de la personalidad jurídica para aquellas entidades que no persigan fines de lucro para así fomentar la participación ciudadana.Dentro de los cambios que se destacan son los siguientes:
1. La composición del directorio de las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales, pasan de 5 a 3 miembros (como mínimo) yaumenta la duración en el cargo de 2 a 3 años. No podrán ser parte del directorio de las organizaciones los alcaldes, concejales y funcionarios municipales que ejercen cargos de jefatura administrativa enlas respectivas municipalidades.
2. Permite a las uniones comunales crear federaciones y confederaciones a nivel provincial, regional y nacional. Será necesario un tercio de uniones comunales dejuntas de vecinos o de organizaciones funcionales de la provincia o de la región, para formar una federación. Un tercio de federaciones regionales de un mismo tipo podrán constituir una confederaciónnacional, estas gozarán de personalidad jurídica.
3. Obligación de establecer garantías para mantener imparcialidad en proceso del Fondo de Desarrollo Vecinal, incluidas en un reglamento que evite losconflictos de interés y asegure condiciones objetividad en los procesos de postulación y reparto del Fondo de Desarrollo Vecinal.
4. Se crea el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro,a cargo del Registro Civil e Identificaciones. En este registro se inscribe la constitución, modificación y disolución de las organizaciones.
5. Obligación de las Municipalidades de informarsemestralmente al Registro Civil el listado de juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias que existen en su territorio, junto con sus directivas, a fin de que el Registro Nacional de Personas...
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