Anexo 6
DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2003
Criterios de Clasificación Arancelaria
En virtud de las reiteradas consultas de clasificación arancelaria que se han presentado ante las autoridades aduaneras, los presentes criterios se emiten con base en lo establecido en la Regla Complementaria 4a. para la aplicación de la Tarifa de la Ley de losImpuestos Generales de Importación y de Exportación, contenida en el artículo 2, fracción II de la citada Ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero del 2002.
Criterio No. 1 Partidas 02.07 o 02.10
Denominación:
Carne cruda de pollo, de pavo (gallipavo), inyectada.
Descripción e identificación de las mercancías:
Con base en los resultados del análisis químico,practicado por la Administración Central del Laboratorio y Servicios Científicos de la Administración General de Aduanas, se establece que se trata de carne de pavo (gallipavo) o de pollo, fresca, refrigerada o congelada que ha sido inyectada en algunas secciones, con una solución que contiene uno o más de los siguientes ingredientes: cloruro de sodio, tripolifosfato de sodio, caldo de ave, azúcar,proteína vegetal hidrolizada.
De los análisis citados, se desprende que se trata de carne de pollo o de pavo (gallipavo), fresca, refrigerada o congelada, que ha sido parcialmente inyectada con una solución con la única finalidad de mejorar la retención de la humedad y acentuar sus características organolépticas (textura, gusto y olor), sin alterar sus características esenciales.
Clasificaciónarancelaria:
La Regla General 1, del artículo 2 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, dispone por una parte, que los títulos de las Secciones, de los Capítulos o Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo y considerando que la mercancía a clasificar es carne de ave fresca, refrigerada o congelada, el título del Capítulo 02 “Carne y despojos comestibles”, de laTarifa de la Ley invocada, orienta la ubicación de la mercancía en estudio en ese Capítulo.
La misma Regla General 1 también establece, principalmente, que la clasificación de mercancías está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.
A efecto de establecer las partidas apropiadas para estas mercancías es necesario considerar que la ReglaComplementaria 3a. de la citada Ley, dispone la obligatoriedad del uso de las Notas Explicativas para determinar, entre otros, la partida aplicable. Consecuentes con tal disposición, en las Notas Explicativas del Capítulo 16 se encuentra la Nota Explicativa de aplicación nacional, la que en su primer párrafo, inciso a) indica lo siguiente:
“1. Las subpartidas 1602.31 y 1602.39 no comprenden:a) Las carnes y despojos de aves, frescos, refrigerados o congelados, secos, salados o en salmuera, simplemente adicionados con condimentos u otros ingredientes que no alteren las características esenciales de dichas carnes y despojos; tales mercancías se clasificarán en las partidas 02.07 o 02.10, según corresponda.”
En virtud de lo anterior y conforme a la Regla General 1, las mercancíasque nos ocupan corresponderán a la partida 02.07 “Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados”, cuando se presenten frescas, refrigeradas o congeladas, o en la partida 02.10 “Carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos” cuando la carne de pollo o de pavo (gallipavo),puedan considerarse en salmuera por las disposiciones del Capítulo 2, numeral 1, inciso b) de la Nota Explicativa de aplicación nacional, que indica:
“1. En la subpartida 0210.90, se entiende por:
"
b) Carne y despojos de aves, en salmuera: la carne o los despojos impregnados con una solución de agua y cloruro de sodio (sal común), en toda la masa muscular; dichos productos pueden...
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