Anonimo
RESUMEN DE LA LEY MINERA
Resumen del Art. 51 – 98.
Art. 51.- Duración de la licencia y renovación.- Las licencias de comercialización que se otorgan a las personas
naturales o jurídicas mencionadas en el artículo anterior, tienen vigencia por períodos de tres años, son intransferibles
y pueden renovarse por iguales períodos de acuerdo con lo previsto en el reglamento general deesta ley.
Art. 52.- Registro de Comercializadores.- La Agencia de Regulación y Control Minero mantendrá el Registro de
Comercializadores de sustancias minerales metálicas y de exportadores de minerales metálicos y no metálicos, con la
finalidad de llevar un control estadístico de las actividades de comercialización interna y de la exportación de estas
sustancias minerales, así como de verificary precautelar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente
ley.
Art. 53.- Obligación de los comercializadores.- Son obligaciones de los comercializadores de sustancias
minerales legalmente autorizados:
a) Constituirse en agentes de retención sujetándose a las
normas tributarias vigentes;
b) Efectuar declaraciones en forma detallada, consignando
todas las retenciones ydeducciones realizadas; y,
c) Enviar un informe semestral al Ministerio Sectorial sobre
el origen, volumen y valor de sus compras; destino,
volumen y valor de las ventas; retenciones efectuadas y
cualquier información estadística que fuere requerida por
el Ministerio Sectorial. Dichos informes serán remitidos
en formularios simplificados que para el efecto elabore la
Agencia de Regulación yControl Minero.
Art. 54.- Cancelación de la licencia.- El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo anterior dará lugar
a la cancelación de la licencia de comercialización, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan.
Art. 55.- Comercio clandestino de sustancias minerales.- Se considerará comercio clandestino de sustancias
minerales a:
a) Los titulares deconcesiones mineras que comercien
internamente sustancias minerales metálicas o exporten
minerales metálicos o no metálicos de otras
concesiones, sin la licencia exigida en el articulo 50; y;
b) Los productores mineros que vendan sustancias
minerales metálicas a personas o entidades no
autorizadas para su comercialización.
Art. 56.- Explotación ilegal de minerales.- Incurrirán en explotaciónilegal de sustancias minerales quienes realicen
las operaciones, trabajos y labores de minería en cualquiera de sus fases sin título alguno para ello o sin el
permiso legal correspondiente.
Art. 57.- Juzgamiento y sanciones.- La explotación ilegal o el comercio clandestino de sustancias minerales,
calificado por la autoridad administrativa, será sancionado con el decomiso de la maquinaria, equiposy los productos
objeto de la ilegalidad y el cobro de un valor equivalente al total de los minerales extraídos ilegalmente, sin perjuicio
de las acciones penales que se deriven de estas infracciones. Sanciones que serán aplicadas a todo sujeto
minero. Se garantiza el debido proceso.
Las afectaciones al ambiente y el daño al ecosistema y biodiversidad producidos a consecuencia de la explotaciónilícita o invasiones, serán considerados como agravantes al momento de dictar las resoluciones respecto del amparo
administrativo.
Título III
DERECHOS DE LOS TITULARES DE
CONCESIONES MINERAS
Capítulo 1
DE LOS DERECHOS EN GENERAL
Art. 58.- Continuidad de los trabajos.- Las actividades mineras pueden ser suspendidas en el caso de internación
o cuando así lo exijan la protección de lasalud y vida de los trabajadores mineros o de las comunidades ubicadas
en un perímetro del área donde se realiza actividad minera, según lo disponga el reglamento general de esta ley,
cuando así lo requiera la Defensa Civil o cuando se verifique el incumplimiento a la Licencia Ambiental, por
parte de la autoridad ambiental competente. En todo caso, la disposición de suspensión de actividades...
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