antecedentes
Reclamos por parte de un acusado de robo agravado. El cual solicita ante la Sala Tercera se realicé un análisis de su sentencia, referente a:
1)Artículo 213 del Código Penal: Sobre robo agravado. Ya que establece su conducta fue de tentativa de robo y no como lo tipifica este artículo de robo agravado,indicando error en la aplicación de la norma.
2) Artículo 71 del Código Penal: Fundamentación de la Pena. El reclamo va dirigido por la falta de consideración de todoslos elementos que integran este artículo. Basándose solamente en los antecedentes penales.
Intervención de Mora Mora, Magistrado de la Sala Constitucional:
Ante laconsulta preceptiva judicial de constitucionalidad, se analiza por parte de Mora y aclara la competencia de la Sala Constitucional estipulada en el artículo 102 de laLey de la Jurisdicción Constitucional.
1) El competente señala que hubo error en la aplicación de la pena; debido que viola el debido proceso y el principio detipicidad al encuadrar el delito en otra figura penal más benigna.
Existe un error en la calificación del hecho por parte del juzgador que genera perjuicio de losintereses del procesado.
Nota: Se debe tomar en cuenta que lo analizado no es lo que el imputado reclama, ni lo que el juez señala erróneamente, si no el debido procesoque se debe seguir y en este caso se irrespeto en conjunto con el principio de tipicidad.
2) En sentido de fundamentación de la sentencia la Sala establece que sevioló el debido proceso al sólo tomarse en cuenta los antecedentes penales y no analizaron más aspectos contenidos en el artículo 71 del Código Penal.
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