Antijuridicidad
La teoría de la antijuridicidad tiene por objeto establecer bajo que condiciones y en que casos la realización de un tipo penal no es contraria a derecho, es decir, el hecho no merece una desaprobación del orden jurídico. Decir que el comportamiento esta justificado equivale a afirmar que el autor de a acción típica dispuso de un permiso del orden jurídico para obrar como obró.Supuestos específicos de causas de justificación
La tipicidad de una acción es, consecuentemente, un indicio de antijuridicidad. Precisamente porque aquélla señala la posibilidad de ésta debe verificarse si existe o no una causa o fundamento de justificación.
Una vez afirmada la tipicidad de la conducta, la tipicidad tanto objetiva como subjetiva, se traduce como un indicio sobre laantijuridicidad de la conducta que para poder confirmarla debemos comprobar si no se actúa bajo una causa de justificación.
Punibilidad es el merecimiento de pena, y el art. 34 arranca diciendo “no son punibles” y presta a la confusión.
El art. 34 enumera algunas de las causas de justificación, algunas porque a pesar que nuestra conducta se adecua al tipo penal, no debe existir cualquier otra norma delordenamiento que permita nuestra conducta.
En la antijuridicidad debemos verificar si existen normar permisivas, que permitan esa conducta típica. La conducta será antijurídica si no hay ninguna causa de justificación. Si existe alguna norma que permita mi conducta entonces va a estar justificada, no habrá antijuricidad, por lo tanto el análisis finaliza.
Una causa de justificación es elejercicio de un derecho porque existe una norma que permite realizar una conducta típica, tengo el derecho de realizarla. Tengo el derecho de defenderme legítimamente, lesionar a otro en defensa de mis bienes.
Hay quienes sostienen que las causas de justificación son aquellas de quien las ejerce en cumplimiento de un deber. Hay cierta doctrina que considera que el ejercicio de un deber, si se realizauna conducta típica pero bajo una norma que me obligue a mi a actuar de esa forma. Sin embargo al cumplimiento de un deber tenemos que dejarlo aislado de las causas de justificación y solamente circunscribirnos a que las causas de justificación son el ejercicio de un derecho y no de un deber porque en el análisis de la tipicidad se debe verificar si hay un riesgo jurídicamente desaprobado, y enel caso del cumplimiento de un deber realizar una acción típica esta jurídicamente permitido.
Desde el punto de vista de la imputación objetiva el cumplimiento de un deber no puede tomarse como una causa de justificación.
El art. 34 tiene dos causas de justificación principales expresamente previstas:
1. Legitima defensa: frente a la ausencia esporádica de la autoridad, el derecho nos permite anosotros defendernos, proteger nuestros intereses. También el ejercicio de un acto en legitima defensa hace prevalecer el derecho, el derecho en sentido abstracto, porque el agresor estaría realizando una conducta sin derecho a realizarla, una agresión ilegitima. Ahí el estado esta ausente para protegernos y para castigar esa agresión ilegitima. La legitima defensa también seria la aplicación deuna sanción frente a esa agresión ilegítima. Se pueden defender los intereses, bienes jurídicos. Puede ser protegido cualquier bien jurídico, no solo aquel previsto por el Código Penal. Es agresión ilegitima porque no tiene que tener derecho, estar habilitado a agredirme. No pueden existir dos conductas que estén justificadas, una de las dos personas va a estar actuando ilegítimamente.
Laagresión tiene que ser actual e ilegitima, la defensa tiene que tener como finalidad impedir o repeler la agresión, si se impide se esta actuando antes de que la agresión se produzca, si yo la repelo significa que la agresión se produjo y se está intentando repelerla. No hace falta que se este produciendo la agresión, debe ser actual e inminente. No necesariamente se tiene que haber producido, si...
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