Antologia Titulos De Credito
CIRCULACION REGULAR DE LOS TITULOS DE CREDITO.
1. NECESIDAD DE UNA ESPECIAL DISCIPLINA EN MATERIA DE TÍTULOS DE CRÉDITO, ENCAMINADA A PROTEGER LA RAPIDEZ Y SEGURIDAD DE LA CIRCULACIÓN.
Títulos nominativos.
Regulados por los artículos del 21 al 28 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito sus principales puntos son los siguientes
Los títulos de crédito podrán ser,según la forma de su circulación, como ya lo vimos, nominativos, a la orden o al portador.
El tenedor del título no puede cambiar la forma de su circulación sin consentimiento del emisor, salvo disposición legal expresa en contrario.
Son títulos nominativos, los expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto mismo del documento.
Diaz Bravo señala que con esta forma surgieronlas primeras letras de cambio que fue el más antiguo títulos de crédito.
Títulos a la orden.
Como ya lo dijimos, los títulos nominativos se entenderán siempre extendidos a la orden y serán trasmisibles por endoso y entrega del título mismo, sin perjuicio de que puedan trasmitirse por cualquier otro medio legal.
La trasmisión del título nominativo por cesión ordinaria o por cualquier otromedio legal diverso del endoso, subroga al adquirente en todos los derechos que el título confiere; pero lo sujeta a todas las excepciones personales que el obligado habría podido oponer al autor de la trasmisión antes de ésta. El adquirente tiene derecho a exigir la entrega del título.
El que justifique que un título nominativo negociable le ha sido trasmitido por medio distinto del endoso,puede exigir que el Juez, en vía de jurisdicción voluntaria, haga constar la trasmisión en el documento mismo o en hoja adherida a él. La firma del Juez deberá ser legalizada.
Son nominativos y a la orden la mayoría de los títulos de crédito como lo es la letra de cambio, el pagaré, el cheque, las obligaciones, las acciones, los certificados de participación o de depósito entre otros.
Títulos alportador.
Son títulos al portador los que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o no la cláusula "al portador."
Los títulos al portador se trasmiten por simple tradición.
La suscripción de un título al portador obliga a quien la hace, a cubrirlo a cualquiera que se lo presente, aunque el título haya entrado a la circulación contra la voluntad del suscriptor, o despuésde que sobrevengan su muerte o incapacidad.
Los títulos al portador que contengan la obligación de pagar alguna suma de dinero, no podrán ser puestos en circulación sino en los casos establecidos en la ley expresamente, y conforme a las reglas en ella prescritas.
Los títulos que se emitan en contravención a lo dispuesto por la ley, no producirán acción como títulos de crédito.
El emisor serácastigado por los Tribunales Federales, con multa de un tanto igual al importe de los títulos emitidos.
2. LOS TÍTULOS NOMINATIVOS CONSIDERADOS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU CIRCULACIÓN. LA INSCRIPCIÓN ES REQUISITO NECESARIO PARA LA TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD DEL TÍTULO, PERO SOLO CON RESPECTO AL EMISOR Y TERCEROS.
Medios de transmisión de los títulos de crédito nominativos.
Como yase mencionó los títulos nominativos sólo se pueden transmitir por endoso y entrega, aunque aquellos que lo son en sentido estricto, además se deberán inscribir en los registros del emisor. No se omite citar que además la ley expone otras formas de transmisión legalmente reconocidas.
Transmisión de los títulos de crédito por medio de endoso.
Regulado por los artículos del 29 al 42 de la Ley deTítulos y Operaciones de Crédito, aunque con mucha historia atrás, se mantiene como una figura propia y exclusiva de los títulos de crédito.
Su importancia es tal que los documentos civiles a la orden también pueden transmitirse por endoso.
Al surgir el endoso, fue necesario incluir en la letra de cambio la cláusula de valuta o valor recibido, para dar seguridad de los nuevos tenedores,...
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