Análisis comprensivo de la educación superior particular dentro del territorio de la República de Panamá y sus líneas de articulación
2.1 La educación superior, o como muy bien lo acepta en elterritorio de la república de Panamá el marco legal: “el Tercer nivel de enseñanza”, se imparte en las distintas universidades en los centros de Enseñanza Superior no Universitarios y en los centros deEducación Postmedia.
Una reseña general de la legislación que ampara la creación de las instituciones de Educación Superior Privada Universitaria cubriría fundamentalmente los siguientes aspectos:En primer lugar, la Constitución Política de la República de Panamá garantiza la libertad de enseñanza y reconoce la libertad de crear centros particulares con sujeción a la Ley y en base a lossiguientes lineamientos:
Decreto Ley 16 de 11 de Junio de 1963 – cuyo artículo reconoce el derecho a crear y hacer funcionar en la República de Panamá, Universidades Privadas con sujeción a este DecretoLey. La Universidad de Panamá que aprueba los planes y programas de las Universidades Privadas y fiscaliza el quehacer de dichas instituciones para garantizar la calidad de los títulos que estasexpidan.
La Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, con las adiciones y modificaciones introducidos por la Ley 34 del 6 de Julio de 1995 establece con respecto al Tercer Nivel de Enseñanza a EducaciónSuperior lo siguiente:
Artículos 60: La educación correspondiente al Tercer Nivel de Enseñanza o Educación Superior será impartida en las universidades y centros de enseñanza superior y en los centrosde educación postmedia. La creación de universidades, centros de enseñanza superior y centros de educación postmedia, será determinada por las necesidades socioeconómica culturales, científicos yprofesionales del país de acuerdo con planificación integral de la educación.
La Ley 47 – No.24. Exige de la Universidad de Panamá y de otras universidades particulares, las evaluaciones de los...
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