Análisis legal y fiscal de los préstamos y las aportaciones para futuros aumentos de capital
Introducción
En la vida operativa de las empresas se presentan casos que tienen repercusión en elresultado fiscal de las mismas y que en ocasiones pasamos por alto, esto debido a que resultan repetitivos o cotidianos y que conlleva a obviar ciertos detalles de control interno.
Articulo 20.LISR. Para los efectos de este titulo, se consideran ingresos acumulables, además de los señalados en otros artículos de esta ley, los siguientes:
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XII. Las cantidades recibidas en efectivo, en monedanacional o extranjera, por concepto de prestamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital mayores a $ 600,000.00, cuando no se cumpla con lo previsto en el articulo 86-Ade esta ley.
Remitiéndonos al artículo 86-A:
Articulo 86-A. Los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos que para tal efecto señale el serviciosde administración tributaria mediante reglas de carácter general, de los prestamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional oextranjera mayores a $ 600,000.00 dentro de los quince días posteriores a aquel en el que se reciban las cantidades correspondientes.
Analicemos el contenido de los anteriores artículos:
Sonacumulables para las personas morales que reciban los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital en “efectivo”, en moneda nacional o extranjera mayores a $600,000.00.Para esto las autoridades fiscales definen que se entenderá como efectivo a aquellas operaciones realizadas en moneda nacional o extranjera de curso legal, no quedando comprendidas en éstas lasoperaciones realizadas mediante cheque, traspasos de cuentas o transferencias electrónicas entre otras.
La LISR establece que para que los conceptos mencionados no se consideren acumulables se deberá...
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