Ap 1 Ess El Reto De La Admon De Recursos H.
Compendio de instrumentos Legales
Guatemala, septiembre de 2012.
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Colegio de Ingenieros de Guatemala -CIG-
ÍNDICE
1. 2. 3. Presentación……………………………………………………………..….. 02Directorio……………………………………………………………………... 03 Ley de Colegiación profesional obligatoria. Decreto número 72-2001 del Congreso de la República de Guatemala de fecha 19 de diciembre de 2001. Vigente al día siguiente…….…………………….……………….………... 05 Estatutos del Colegio de Ingenieros de Guatemala. Artículo No. 43, Decreto No. 72-2001 del Congreso de la República de Guatemala de fecha 24 de abril de 2002. Convigencia ocho días después...…………………………….. 20 Ley de creación del timbre de Ingeniería. Decreto No. 22-75 del Congreso de la República de Guatemala de fecha 9 de abril de 1975. Modificado por Decreto Ley No. 138-85 Jefe de Estado el 20 de diciembre de 1985. Con vigencia sesenta días después…….…………………………...........39 Reglamento de prestaciones, Timbre de Ingeniería. Vigente: el 10 de enero de 1996hasta la fecha…….……………........... 42 Reglamento de Auxilio Póstumo del Colegio de Ingenieros. Vigente el 3 de mayo de 1994 hasta la fecha……….…………………………………………………......... 53 Código de Ética profesional, Colegio de Ingenieros de Guatemala. Aprobado el 31 de mayo de 2004. Vigente Treinta días después hasta la fecha……….….……………………......... 63 Reglamento de elecciones del Colegio de Ingenieros deGuatemala. Aprobado el 8 de noviembre de 2004. Vigente el 18 de noviembre de 2004……….………………………..........70 Reglamento para el funcionamiento del consejo de Educación continua y actualización del Colegio de Ingenieros de Guatemala. Vigente: 31 de agosto de 1990……………………………………….........80 Reglamento para la valoración de las actividades de Educación continua del Colegio de Ingenieros de Guatemala. Vigente.…….…………….…………………………….......... 84
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Colegio de Ingenieros de Guatemala -CIG-
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA DECRETO NÚMERO 72-200l EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: que de conformidad con los artículos 34 y 90 de la Constitución Política de !a República de Guatemala, la colegiación de los profesionalesuniversitarios es obligatoria y tendrá por fines la superación moral, científica, técnica y material de: los profesionales universitarios y el control de su ejercicio.
CONSIDERANDO: que las normas contenidas en el Decreto Número 62-91 del Congreso de la República, Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, necesita ser actualizada y adecuada a las disposiciones constitucionales relativas a ladescentralización y al pleno ejercicio de los derechos políticos que permitan la igualdad de derechos y obligaciones de los .profesionales que ejercen en todo el país.
CONSIDERANDO: que las normas contenidas en la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria necesitan ser actualizadas y adecuadas a las disposiciones constitucionales y a las funciones y objetivos de los colegios profesionales, por lo quees conveniente y necesario dictar .una nueva ley sobre la materia,
POR TANTO: en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literal a), de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA: la siguiente: LEY DE COLEGIACIÓN PROFESIONAL OBLIGATORIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Obligatoriedad y ámbito. La colegiación de los profesionalesuniversitarios es obligatoria, tal como lo establece la Constitución Política de la República y tiene por fines la superación moral, científica, técnica, cultural, económica y material de las profesiones universitarias y el control de su ejercicio, de conformidad con las normas de esta ley. Se entiende por colegiación la asociación de graduados universitarios de profesiones afines, en entidades...
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