AP
DELITO-FRAUDE
OF. CARLOS ALEJANDRO LOPEZ MORAL
JOSE LUIS VERTIZ HIDALGO
C. FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO INVESTIGADOR
DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO.
PRESENTE.
JOSE LUIS VERTIZ HIDALGO, mexicano mayor de edad promoviendo en mi carácter de inculpado en el juicio al rubro indicado, ante usted con todo respetocomparezco y expongo.
Que en términos del presente escrito y con fundamento en el artículo octavo constitucional y 139 del Código de Procedimientos Penales en el estado vigor, vengo a Solicitar de Nueva cuenta lo siguiente:
1.- DEVOLUCIÓN DEL VEHICULO MARCA NISSAN, TIPO TUSURU, LINEA SEDAN CUATRO PUERTAS, GS II, EQP.T./MCOLOR AMARILLO 2012, NUMERO DE SERIE3N1EB31S1CK306755, CON NUMERO DE MOTOR GA16-828255Y, haciendo la aclaración A USTED SR. FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO que es un TAXI AMARILLO CON NUMERO ECONOMICO 850.
2.- SOLICITO LA ACUMULACIÓN DE LA _____________________________________
PARA SUJETARLOS A UNA TRAMITACION CONJUNTA.
Hasta la presente fecha esta indagatoria se encuentra en esta agencia investigadora, es de manifestarle que en diversasocasiones he solicitado la devolución de vehiculo tan es asi que ya los tengo cansados, que me dicen lo mismo que no mi unidad tiene más de un año que está en el retén de SERVICIOS DE BIENES ASEGURADOS DEL ESTADO, deteriorada por los factores climatológicos tales como el sol, la lluvia, polvo y viento. Por lo que BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, es de manifestarle que en dicha causa existe el dictamenen grafoscopia y documentoscopia, en los que se concluye que yo nunca estampe mi firma en la factura, en tanto jamás di mi consentimiento para vender dicha unidad. Por lo que solicito a usted C. FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, me hagan la devolución de mi vehículo en calidad de depositario judicial para que lo tenga bajo mi resguardo y cuidados y no continúe dañándose de acuerdo a LA LEY DESERVICIOS DE BIENES ASEGURADOS DEL ESTADO, QUE A LA LETRA DICE:
De la Devolución de Bienes Asegurados
Artículo 38.- Cuando proceda la devolución de bienes asegurados, quedarán a disposición de quien tenga derecho a ellos. El Juez o el Ministerio Público notificarán su resolución al interesado o a su representante legal dentro de los treinta días siguientes, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 7 de esta Ley, para que en los plazos previstos en el artículo 43, contados a partir de la notificación se presente a recogerlos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo se declararán abandonados, en los términos del artículo 45 de esta Ley.
Artículo 39.- El Servicio Estatal de Administración, al momento en que el interesado o su representante legal se presenten a recoger los bienes, deberá:I. Levantar acta en la que se haga constar el derecho del interesado a recibir los bienes y las observaciones que éste formule;
II. Realizar un inventario detallado de los bienes, precisando sus condiciones, y III. Entregar los bienes al interesado o a su representante legal.
Artículo 40.- La devolución de los bienes asegurados incluirá la entrega de los frutos que hubieren generado o de suimporte, menos el pago de la reparación de los daños y perjuicios en los casos que así procedan, el pago de la multa, los gastos de mantenimiento y administración necesarios para que dichos bienes no se pierdan o deterioren.
La devolución de numerario comprenderá la entrega del principal y de sus rendimientos durante el tiempo en que haya sido administrado, a la tasa referida en el artículo 21 de estaLey.
A partir de la recepción de los bienes, el interesado o su representante legal tendrán un plazo de treinta días para interponer el recurso de inconformidad a que se refiere esta Ley por las condiciones en que se encuentren los mismos y las cuentas que se les rindieron.
Artículo 42.- El Servicio Estatal de Administración será responsable de los daños derivados de la pérdida, extravío o...
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