Aparatos Sometidos a Presión
Se considera Equipos Sometidos a Presión a todo recipiente que contenga un fluido (líquidos, gases o una
mezcla de ambos) sometido a una presión interna superior a la presión atmosférica.
Dado su carácter peligroso debido al riesgo de explosión, los mismos requieren de diversas medidas de
protección a fin de evitar contingencias no deseadas.
Para la legislación de la Provincia de Buenos Aires: Se consideran aparatos a presión todos aquellos
recipientes que se encuentren sometidos a presión interna y reúnan las siguientes características:
a. Con fuego: Volumen mínimo 200 litros y/o presión de trabajo manométrica mínima 0,5 kg./cm2;
b.Sin fuego: Volumen mínimo 100 litros y/o presión de trabajo manométrica mínima 3,00 kg./cm2;
c. En los equipos sometidos a esfuerzos combinados (dinámicos, flexotorsión, etc.) los límites serán:
el volumen mínimo 100 litros y/o presión de trabajo manométrica 1,00 Kg/cm2.
La provincia de Santa Cruz no cuenta con legislación específica.
Las leyes de seguridad en el trabajo establece en particular la necesidad de capacitar e instruir
adecuadamente a los operadores de calderas. Desde el punto de vista constructivo, los aparatos sometidos a presión requieren un diseño previo un
cálculo dimensional y de resistencias. Estos aspectos pueden regirse en base a normas nacionales e
internacionales que establecen las especificaciones técnicas en cuanto a diseño y pruebas, las más
conocidas son: IRAM, ASME, ASTM y DIN. El código ASME establece un capítulo (el IX), específico para
todo lo referente a aparatos sometidos a presión, donde se especifican normas de diseño, construcción,
soldadura, etc. Los fabricantes de los equipos deben especificar la norma de fabricación utilizada, así
como datos de diseño, presión de trabajo y pruebas de calidad utilizadas. La seguridad de los aparatos sometidos a presión en la actualidad radica en:
El adecuado diseño.
Los dispositivos de seguridad instalados, que minimizan o eliminan los riesgos.
El mantenimiento adecuado de estos dispositivos.
El control periódico de los recipientes/aparatos.
Cumplir con estas bases es la premisa para toda persona que deba operar o supervisar la operación de un aparato sometido a presión. De los puntos antes señalados el segundo y el tercero son la clave de los
operadores. Debiendo establecerse como regla fundamental: NUNCA ANULAR, ELIMINAR O BYPASEAR
UN DISPOSITIVO DE SEGURIDAD DE UN APARATO O EQUIPO SOMENTIDO A PRESIÓN. No intervenir
sobre los mismos, dejando esta tarea a los especialistas. Se los puede clasificar en:
1. Aparatos a presión con fuego:
En estos artefactos la presión del recipiente es producto del vapor generado por el calentamiento de
un fluido y el generador de calor es interno. Los más comunes son las calderas. Aquí es necesaria la
presencia física de un foguista que realice el mantenimiento y verifique el funcionamiento del
equipo. Si el aparato es de funcionamiento manual, requerirá la presencia del foguista en forma permanente;
si es de funcionamiento automático, la persona encargada puede no ser de dedicación exclusiva pero
sí estar en condiciones de acudir ante las señales de alarma (visuales y sonoras) que poseen estos
artefactos.
2. Aparatos a presión sin fuego Hay muchísima variedad de aparatos a presión sin fuego. Enumeramos los más comunes:
Los recipientes a presión (con excepción de las calderas) para contener vapor, agua caliente,
gases o aire a presión obtenidos de una fuente externa o por la aplicación indirecta de calor.
Los recipientes sometidos a presión calentados con vapor, incluyendo a todo recipiente ...
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