Apelacion Por La Forma De Conceder El Recurso En Primera Instancia

Páginas: 6 (1470 palabras) Publicado: 1 de julio de 2015
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(6)Registrada bajo el Nro.: 219
Expte. Nro. 158886

(R)

Folio Nro.:454/456

JCC. 7

"BARCELONI DANIEL EDUARDOC/ CHEVROLET S.A. DE AHORRO
PARA

FINES

DETERMINADOS

y

otro/a

S/RESOLUCION

DE

CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES"
-----------------------------------------------------------------------------------------------------Mar del Plata,

14

de Mayo de 2015.

Con motivo delrecurso de apelación en subsidio interpuesto a fs.
791/793 por la Dra. Nadia Furlán, apoderada de Chevrolet S.A, contra la
resolución de fs. 775, del 19 de febrero de 2015; y
VISTO:
El presente expediente traído a conocimiento de la Sala Tercera de
este Tribunal de Alzada,
CONSIDERAMOS que:
I.- Resolución recurrida:
El Sr. juez de primera instancia resolvió: "...Concédase el recurso de
apelacióndeducido contra la sentencia, en relación y con efecto devolutivo.
Señalando al recurrente que en el término de cinco días deberá: a) presentar
el memorial respectivo, b) acompañar copia de la sentencia (art. 250 inc.
1ero., y c) acompañar boleta de depósito por el capital de condena, más
intereses y costas -con exclusión de los honorarios de su parte-, a
cuyo fin deberá estimar la liquidación de talesimportes (arts. 496 inc. 4,
124, 246, 250, y concds. del CPC; art. 29 de la ley 13.133). Todo ello bajo
apercibimiento de declarar desierto el recurso concedido...." (textual, el
resaltado nos pertenece).
II.- Recurso interpuesto:
La Dra. Nadia Furlán, apoderada de Chevrolet S.A, interpone recurso
de reposición con apelación en subsidio a fs. 791/793, fundándolo en el

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mismo acto;con argumentos que merecieron respuesta de la parte actora a
fs. 846/849.
Se agravia el recurrente del punto c) de la providencia de fs. 775 que
exige "...acompañar boleta de depósito por el capital de condena, más
intereses y costas -con exclusión de los honorarios de su parte-, a cuyo fin
deberá estimar la liquidación de tales importes.." .
Explica que habiendo dos demandados, y siendo la condenasolidaria,
se le exige únicamente a ésta parte el cumplimiento del depósito de capital,
lo que vulnera el derecho de igualdad ante la ley.
Paralelamente, se disconforma con la aplicación del art. 29 de la ley
13.133 sosteniendo que el libre e incondicionado acceso a la segunda
instancia judicial es un derecho constitucional que se enmarca dentro de las
garantías constitucionales de defensa enjuicio y debido proceso previstas
en el art. 18 del CN, y el mismo no puede ser alterado por el judicante con
equivocadas interpretaciones de normativa de inferior jerarquía como es el
art. 29 de la ley 13.133.
Dice que ninguna norma de CPC exige al litigante el pago del monto
de capital de condena y costas para poder acceder a la segunda instancia.
Argumenta que el art. 29 de la ley 13.133 es deaplicación exclusiva
para aquellos procesos que tengan incidencia colectiva o los efectos
previstos en el art. 28 de la ley 13. 133.
III.- Tratamiento del recurso:
a) Liminarmente corresponde señalar que el art. 29 de la ley 13.133:
"...Cuando la sentencia acogiere la pretensión, la apelación será concedida
previo depósito del capital, intereses y costas, con la sola excepción de los
honorarios de losprofesionales que representan o patrocinan a la parte
recurrente, al solo efecto devolutivo..."
Entonces "...Tratándose de actuaciones en las que se han aplicado
las normas del Código Provincial de Implementación de los Derechos de los
Consumidores y Usuarios (ley 13.133) cuando -como en el caso de autos- la

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sentencia acogiere la pretensión, "la apelación será concedida previodepósito del capital, intereses y costas, con la sola excepción de los
honorarios de los profesionales que representan o patrocinan a la parte
recurrente, al solo efecto devolutivo" (art. 29 del referido ordenamiento)..."
(Cam. Civ. y Com. I, Quilmes, causa Nro. 11.016 RSI 181-8 del 1/10/2008;
conf. Derecho del Consumo; "Procedimiento y Sanciones"; Grillo Ciocchini,
Pablo A.; "La ley 13133 de la...
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