Aplicacion De La Pena
Cuando se hace referencia al aspecto teleológico de la pena, nos referimos a la finalidad de la misma; en tal sentido, tenemos que el Código Penal de 1991 , en su artículo IX del Título Preliminar señala que la pena tiene fines de prevención, protección y resocialización. Esto se debe a la humanización de las penas, que a lo largo de los años ha evolucionado, desde la perspectivaque el delincuente ya no es visto como un individuo, culpable y sin derechos, que luego de haber quebrantado la ley debe piar su culpa. Por el contrario, las nuevas tendencias del Derecho Penal lo consideran como una persona a la cual pese haber cometido una acto antijurídico, debe tener las posibilidades necesarias de tomar conciencia de su acto, y en cuanto esto suceda, alcanzar unaresocialización que le permita una vez cumplida su sanción integrarse a la sociedad como un elemento de bien. Aquí hay que distinguir que, el sistema de penas preponderante, durante la vigencia del abrogado Código Penal de 1924, contemplaba una diversidad de sanciones, de las cuales la más privilegiada era la privación de la libertad (prisión, relegación, internamiento o penitenciaria). Sin embargo, el avancecontemporáneo de la ciencia penal, influido con criterios garantistas, democráticos y humanitarios, determinaron un replanteamiento del sistema punitivo, que, privilegia las penas alternativas a la privación de la libertad. Estos sustitutos constituyen un acierto útil, desde una perspectiva previsionista y resocializadora, donde existe –en teoría- un total respecto a los derechos fundamentales dela persona.
Aplicación de las penas Reglas generales y especiales
El Código Penal de 1995 en su Título III, Capítulo II, recoge a lo largo de dos secciones los preceptos relativos a las reglas generales y especiales para la aplicación de las penas.
El Juez, al juzgar, se encuentra que el legislador ha previsto en gran parte la coyuntura; ha tenido a la vista las posibles infraccionesdelictivas a cometer y ha señalado la pena correspondiente. Esta determinación de la pena en los códigos penales españoles quizás haya sido muy minuciosa pues hubiera convenido más establecer un amplio arbitrio judicial, como han manifestado ciertos sectores de la doctrina al tratar sobre la individualización de la pena.
En primer lugar las reglas generales están recogidas en los artículos 61 a 72del Código Penal de 1995. Se entiende por pena «tipo o abstracta» la impuesta por la ley a los autores del delito consumado.
Establece el artículo 62 del C.P. la individualización de la pena en función del grado de ejecución, determinando que a los autores de tentativas les impondrá la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la Ley para el delito consumado, en la extensión que se estimeadecuada, atendiendo al peligro inherente al intento (el arma utilizada o la forma de ataque) y el grado de ejecución alcanzado. La regla prevista en el presente precepto se estructura sobre la base de la distinción que se establece en el art. 16 del C.P. entre tentativa acabada e inacabada. En ambos supuestos se prevé la rebaja obligatoria de la pena en un grado y facultativamente en dos, con loque en estos supuestos los efectos peno lógicos se ven ampliados en relación con el Código Penal anterior. La individualización de las penas en función de la forma de participación viene recogida en el art. 63 del C.P. El encubrimiento pasa a ser delito contra la Administración de Justicia y desaparece como forma de participación en el delito. A los cómplices de un delito consumado o intentado seles impondrá la pena inferior en uno o dos grados a la fijada para los autores del mismo. Prevé el Código Penal una regla especial en el art. 64 al establecer que: «las anteriores no se aplicarán en los casos en que la tentativa o la complicidad se penen especialmente por la Ley». Otra de las reglas generales para la aplicación de la pena es la referente a la individualización de la pena en...
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