APORTES DEL NEOCONSTITUCIONALISMO
Dentro de la lectura de Luigi Gerrajolii, Constitucionalismo principialista y constitucionalismo garantiza, se analizan algunos de losproblemas discutidos por Luigi Ferrajoli en su artículo: "Constitucionalismo principialista y constitucionalismo garantista". En primer lugar, en consonancia con las tesis de Ferrajoli, se sostiene que elconstitucionalismo implica el reconocimiento explícito de un nuevo paradigma de autoridad jurídica y de Derecho, y que una teoría jurídica de corte positivista-normativista ofrece la mejor explicaciónde este nuevo paradigma. En apoyo de esta tesis se ofrecen argumentos para mostrar que las teorías constitucionalistas de corte iusnaturalista y/o iusrealista no pueden dar cuenta correctamente delas normas constitucionales que imponen límites a la autoridad jurídica, es decir, no pueden dar cuenta adecuadamente del status y la función de los derechos fundamentales. Asimismo, en el artículo seanaliza la idea de balance o ponderación de normas. Con relación a ella, en primer lugar, se destaca que para el constitucionalismo garantista de Ferrajoli los derechos fundamentales son normas ensentido estricto, que se aplican mediante el esquema Modus Ponens y no mediante balances. En segundo lugar, se subraya que esta lectura de los derechos fundamentales es totalmente compatible con reconocerellos admiten una pluralidad de interpretaciones y están potencialmente en conflicto. En tal medida, ellos efectivamente sí están sujetos a balances o ponderación.
Ferrajoli es abiertamente crìticorespecto al neoconstitucionalismo. En particular, al interior del área semántica del neoconstitucionalismo. Ferrajoli individualiza:
El “ius- constitucionalismo” o “Estado constitucional de Derecho”que designa un ordenamiento jurídico en el cual existe un nivel juridìco positivo superior a la legislación ordinaria.
El constitucionalismo argumentativo o “principialista”, en contratposiciòn...
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