Apreciaciones Juridicas Jedih
En primer lugar, para mayor claridad en cuanto a la definición de algunos términos que necesariamente deben de tenerse en cuenta en el momento de atender cualquierqueja, petición, informe o solicitud relacionada con la temática de comunidades indígenas, es necesario que el Coordinador Jurídico Militar, el Oficial de Derechos Humanos y los Asesores Jurídicostengan presente que se entiende de acuerdo a la normatividad nacional e internacional por:
• Resguardo. Es una institución legal y sociopolítica, de origen colonial y de carácter especial, conformadapor una comunidad o parcialidad indígena que, con un título de propiedad comunitaria, posee su territorio y se rige para el manejo de éste.
• Territorios Indígenas. Son las áreas poseídas en formaregular y permanente por una comunidad, parcialidad o grupo indígenas y aquellas que, aunque no se encuentren poseídas en esa forma, constituyen el ámbito tradicional de sus actividades sociales,económicas y culturales.
• Comunidad o parcialidad indígena. Es el grupo o conjunto de familias de ascendencia amerindia, que tienen conciencia de identidad y comparten valores, rasgos, usos o costumbres desu cultura, así como formas de gobierno, gestión, control social o sistemas normativos propios que la distinguen de otras comunidades, tengan o no títulos de propiedad, o que no puedan acreditarloslegalmente, o que sus resguardos fueron disueltos, divididos o declarados vacantes.
•Reserva indígena. Es un globo de terreno baldío ocupado por una o varias comunidades indígenas que fue delimitado ylegalmente asignado por el INCORA o INCODER a aquellas para que ejerzan en él los derechos de uso y usufructo con exclusión de terceros. Las reservas indígenas constituyen tierras comunales de gruposétnicos, para los fines previstos en el artículo 63 de la Constitución Política y la Ley 21 de 1991.
• Autoridad tradicional. Las autoridades tradicionales son los miembros de una comunidad...
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