aprendisaje
ATENCION:
Los preceptos legales para determinar la presente clasificación arancelaria se encuentran contenidos en el artículo 2, fracciones I y II de la Ley de losImpuestos Generales de Importación y Exportación.
Denominación:
Harina de corozo.
En razón para laclasificación de las mercancías de la regla general 1 en su parte conducente establece.
“Los títulos de la secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo”por lotanto la sección y el capítulo que corresponden a la presente mercancía son:
Sección Il productos del reino vegetal
Capítulo 14 los demás productos de origen vegetal no expresados, ni comprendidos enotra parte.
La partida se elige en virtud de lo establecido en la regla general 1 que textualmente menciona“ya que la clasificaciónestá determinada legalmente por los textos de la partidas y de lasnotas de sección o de capítulos….”, la mercancía en cuestión se encuentra incluida en la partida 1404 que en su texto comprende:
Productos vegetales no expresados, ni comprendidos en otra parte.Con relación a lo anterior, las notas explicativas, de la partida __1404_que en su texto comprenden:
Productos vegetales no expresados, ni comprendidos en otra parte.
Comprendidas en las NOTASEXPLICATIVAS, DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACION Y CODIFICACION DE MERCANCIAS, cuya aplicación es obligatoria para determinar la partida y su subpartidaaplicable, según la regla complementaria No 3, nosestablece en la nota explicativa, De conformidad con el numeral 5) del inciso f) de la partida 1404 se incluye y define la harina de corozo.
En consecuencia dicho producto pertenece a lasubpartida1404.90 de 1er nivel que en su texto comprende:
Las demás.
Todo ello de acuerdo a la 6ta regla general para la aplicación e interpretación de la Tarifa del Impuesto de Importación y...
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