Aproximaciones a rawls
Por Oscar Eduardo Franco A.
Rawls pretende dar una respuesta práctica a la crisis de legitimidad de las democracias contemporáneas. Para tal efecto, ideó una concepción de la justicia conocida con el nombre de Justicia como Imparcialidad. Ésta, que es en síntesis una teoría normativa de la justicia, contiene una serie de principiosy de conceptos orientados hacia la construcción de un mecanismo que permita dilucidar los términos de una cooperación social justa sobre la base de un beneficio compartido –condición indispensable en las sociedades democráticas modernas. Si bien la Justicia como Imparcialidad es una teoría que deviene con el tiempo, y otrora, en el primer gran libro de nuestro autor (Teoría de la Justicia 1971),su intención era la de presentar una postura alternativa al utilitarismo respecto a cómo deberían ordenarse las instituciones más importantes de una sociedad, a fin de que no mediaran, por considerarlos profundamente injustos, criterios como el de utilidad ó el mejor beneficio para la mayor cantidad de individuos, el espíritu o la preocupación inicial de la teoría se mantendría en las vicisitudesdel tiempo. Sus posteriores trabajos así lo confirmarían, en el sentido que se iba ratificando la idea fundamental de que además de ser justa la concepción que habría de regular la estructura básica de la sociedad, ésta debería también gozar de un reconocimiento público, toda vez que es una contradicción política y social insostenible admitir que algunos sean tratados de manera desigual. Así que,si nos preguntásemos por la condición que debería caracterizar la justicia en una sociedad democrática donde todos nos presumimos iguales: deberíamos admitir, con Rawls, que es la imparcialidad; así como también deberíamos reconocer que si alguna virtud le corresponde a las instituciones públicas más importantes es la de ser justas. Para ilustrar un poco la idea me sirvo de un fragmento, que a suvez es una reflexión invariable en todos sus trabajos:
La justicia es la primera virtud de las instituciones sociales, como la verdad lo es de los sistemas de pensamiento. Una teoría, por muy atractiva, elocuente y concisa que sea, tiene que ser rechazada o revisada si no es verdadera; de igual modo, no importa que las leyes e instituciones estén ordenadas y sean eficientes: si son injustashan de ser reformadas o abolidas. Cada persona posee una inviolabilidad fundada en la justicia que ni siquiera el bienestar de la sociedad en conjunto puede atropellar. Es por esta razón por la que la justicia niega que la pérdida de libertad para algunos se vuelva justa por el hecho de que un mayor bien es compartido por otros… Por tanto, en una sociedad justa, las libertades de la igualdad deciudadanía se dan por establecidas definitivamente; los derechos asegurados por la justicia no están sujetos a regateos políticos ni al cálculo de intereses sociales… la justicia no puede estar sujeta a transacciones. (Teoría de la Justicia, página 17).
La preocupación porque las instituciones básicas de la sociedad sean justas, aquellas que deben responder por una asignación equitativa decargas y de beneficios para la ciudadanía, es una constante en el pensamiento Rawlsiano. No obstante, en el Liberalismo Político (obra posterior a la T de la J) esta inquietud parece ceder ante un nuevo afán, que no es completamente distinto, sino más bien complementario, a saber: asegurar la estabilidad política en una sociedad liberal atravesada por el hecho de un pluralidad de doctrinas comprensivasmuchas veces en conflicto. De ahí en más, lo que procurará el autor es fijar las posibilidades de una concepción de la justicia públicamente reconocida que establezca un punto de vista compartido desde el cual puedan juzgarse los reclamos que los ciudadanos, con diferentes concepciones del bien, planteen a la sociedad. Ahora, como lo que se busca es un acuerdo sobre lo fundamental, la pregunta...
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